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Derechos animales y ética medioambiental (Tom Regan, 2007)

Artículo de Tom Regan (1938-2017) (North Carolina State University), 2007. «Derechos animals y etica medioambiental», traducido por José Antonio Méndez Sanz, e incluído en el libro «Herrera Guevara Asunción (ed). De animales y hombres: Studia Philosophica», ediciones de la Universidad de Oviedo, Biblioteca Nueva, p. 117-130. Desde hace varios años, el Departamento de Filosofía de la Universidad de Oviedo publica bienalmente, con el título genérico Studia Philosophica, un volumen con las aportaciones de sus profesores y becarios. Aparece esta edición con ciertas novedades, la más interesante para el lector tal vez sea la división del libro en dos partes, la primera de ellas recoge trabajos sobre un mismo tema, la segunda continua con el proyecto antes mencionado. Aquí el índice de capítulos. Aquí el pdf.


Se suele criticar a veces la postura que defiendo en ética («la consideración de los derechos») por su supuesta incapacidad para abordar asuntos im portantes de ética m edioambiental. Como espero ser capaz de explicar, creo que críticas de este tipo, aunque comprensibles, son débiles. Vista con suficiente perspectiva, la consideración de los derechos establece importantes restricciones a nuestra libertad para explotar o destruir el mundo natural. Ciertamente, a algunos críticos les parece poco. De hecho algunos desprecian la idea misma de derechos individuales, considerando que, en el mejor de los casos, suministra un medioambientalismo superficial, lastrado por modos de pensar anticuados, patriarcales, inadecuado para la tarea de calibrar las honduras de una ecología profunda, biocéntrica. He abordado estos asuntos en otros lugares (véase, por ejemplo, Regan 1991, Regan 1994 y el capítulo 1 de Regan 2001b) y pido permiso para volver a hacerlo aquí. Aquí comienzo con un esbozo de mi modo de entender los derechos morales básicos, una comprensión articulada por primera vez con detenimiento en The Case for Anim al Rights y después ampliada y clarificada en obras más recientes (Regan 1994, 200a, 2001b, 2003.a, 2003b, 2004)(1).

I. DEFINIENDO CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS MORALES

Prohibido el paso

Poseer derechos morales es tener un tipo de protección que podemos describir como una señal invisible de «prohibido el paso». ¿Qué prohíbe esta señal? Dos cosas. Primera: los demás no son moralmente libres para hacemos daño; decir esto es decir que los demás no son libres para quitam os la vida o dañar nuestro cuerpo a su antojo. Segunda, los demás no son m oralmente libres para dificultar nuestra libre elección; decir esto es decir que los demás no son libres para limitar nuestra libre elección a su antojo. En ambos casos, la señal de «prohibido el paso» pretende proteger nuestros bienes más importantes (nuestra vida, nuestro cuerpo, nuestra libertad) limitando moralmente la libertad de los demás.

La cosa cambia cuando la gente sobrepasa sus derechos violando los nuestros. Cuando esto sucede, tenemos derecho a contraatacar, incluso si ello entraña causar daños severos al agresor. Sin embargo, el que podamos actuar en defensa propia no ha de entenderse como una autorización general para hacer daño a aquellos que no han hecho nada malo.

Igualdad

Los derechos morales respiran igualdad. Son idénticos para todos sus detentadores, aunque difiramos, como lo hacemos, en muchas cosas. Esto explica por qué a ningún ser humano pueden serle denegados derechos por razones arbitrarias, prejuiciosas o moralmente irrelevantes. Una de estas razones es la raza. Intentar determinar por qué los seres humanos tienen derechos en virtud de su raza es como tratar de endulzar té añadiendo sal. La raza a la que pertenecemos no nos dice nada sobre qué derechos tenemos.

Esto mismo es igualmente válido en el caso de otras diferencias entre nosotros. Los linajes de mi esposa Nancy y el mío provienen de diferentes países; el suyo de Lituania, el mío de Irlanda. Algunos de nuestros amigos son cristianos, otros judíos, otros musulmanes. Otros son agnósticos o ateos. En el ancho mundo por unos pocos verdaderamente ricos hay m ultitud de gente paupérrima. Así están las cosas. Los humanos son diferentes en múltiples aspectos. Es innegable.

Sin embargo, nadie que crea en los derechos humanos pensará que estas diferencias trazan divisiones morales fundamentales. Si la idea de derechos humanos tiene algún sentido, éste no es otro sino que todos los poseemos en la misma medida. Y los poseemos en la misma medida independientemente de nuestra raza, género, creencia religiosa, riqueza relativa, inteligencia o lugar y fecha de nacimiento, por poner un ejemplo.

Triunfo

Todo el que defiende en serio los derechos humanos cree que nuestros derechos tienen mayor peso moral que otros (importantes) valores humanos. Por usar una analogía tomada del juego de cartas que conocemos por bridge, nuestros derechos morales son triunfo. Veámos lo que significa esta analogía. Jugamos una mano. Se dan las cartas. Triunfan corazones. Las tres primeras cartas que se juegan son la reina de picas, el rey de picas y el as de picas. Usted (que juega el último) no tiene picas. Sin embargo, tiene el dos de corazones. Y, dado que pintan corazones, su precioso dos de corazones mata a la reina de picas, mata al rey de picas e incluso mata al as de picas. Así de poderoso es en el juego del bridge el palo que triunfa. La analogía entre el triunfo en el bridge y los derechos individuales en moral debería estar bastante clara. Cuando tomamos una decisión moral hay que considerar muchos valores importantes. Por ejemplo: ¿qué consecuencias tendrá para nuestra propia persona tomar una opción u otra? ¿Qué pasa con nuestras familias, amigos, vecinos y con el resto de la gente? No resultaría difícil ampliar esta lista. Cuando decimos «derechos son triunfo», queremos decir que respetar los derechos de los individuos es el factor más importante que hay que considerar en el (valga la expresión) «juego de la moralidad». Y, en concreto, queremos decir que los beneficios que unos obtengan de la violación de los derechos de otros jamás justifican esta violación.

Respeto

En sentido lato, los derechos que antes hemos mencionado (vida, libertad, integridad corporal) son variaciones de un tema principal, el tema del respeto. Muestro mi respeto hacia ti respetando esos derechos en tu vida. Tú muestras tu respeto hacia mí de idéntica manera. Respecto es el tema principal porque tratarse m utuamente con respeto es precisamente tratarse uno a otro de un modo que respeta nuestros demás derechos.

Por consiguiente, nuestro derecho más fundamental, el derecho que unifica todos nuestros otros derechos, es nuestro derecho a ser tratados con respeto.

II. ¿QUIÉN TIENE DERECHOS MORALES?

Decir qué son derechos morales es una cosa, y explicar por qué nosotros los tenemos y en cambio palos y piedras no, es otra muy diferente. Dadas las limitaciones de espacio, me será imposible ofrecer lo que cabría entender como una explicación completa, aunque no brindar un tosco esbozo de la solución que defiendo, una solución que está muy vinculada a lo que denomino sujeto-de-una-vida.

Sujetos-de-una-vida

Antes hemos señalado alguno de los múltiples modos en que los humanos difirieren unos de otros —por ejemplo, en cuanto a género, raza y etnia. A pesar de nuestras muchas diferencias, hay algunos modos en los que todos los humanos que tienen derechos son lo mismo. No lo digo porque todos pertenezcamos a la misma especie (lo que es cierto, pero no pertinente). Y no lo digo porque todos seamos personas (lo que puede ser pertinente, pero no es cierto). Lo que quiero decir es que somos tal para cual en formas relevantes, formas ligadas a los derechos que tenemos: nuestros derechos a la vida, integridad corporal y libertad.

Veamos. No sólo todos estamos en el mundo, sino que somos conscientes del mundo y, además, conscientes de lo que nos ocurre. Más aún, lo que nos ocurre —sea a nuestro cuerpo, a nuestra libertad o a nuestra vida misma— nos importa porque marca la diferencia en la calidad y duración de nuestra vida tal como la experimentamos, independientemente de que importe o no a alguien. Sean nuestras diferencias las que fueren, éstas son nuestras semejanzas básicas.

No hay una palabra de uso común que nombre este conjunto de semejanzas. «Ser humano» no nos vale (sin ir más lejos: un ser humano m uerto es un ser humano, pero no es consciente del mundo). Tampoco sirve «persona» (los niños son conscientes de lo que les ocurre pero no son personas). Sin embargo, estas semejanzas son lo suficientemente importantes como para demandar un signo verbal propio. Empleo la expresión «sujetode-una-vida» para referirme a ellas. Dado este uso, el autor de estas palabras, Tom Regan, es un sujeto-de-una-vida, y también lo es la gente que lo lee.

¿Qué humanos son sujetos-de-una-vida? Todos aquellos humanos que poseen el conjunto de semejanzas que acabo de mencionar. ¿Y de quién puede tratarse? Bueno: pues de cada uno de los aproximadamente seis mil millones que somos, independientemente de donde vivamos, la edad que tengamos, nuestra raza o genero o clase, nuestras creencias religiosas o políticas, nuestro nivel de inteligencia, y así sucesivamente, independientemente del largo listado de nuestras diferencias.

¿Por qué ser el sujeto-de-una-vida es una idea importante? Porque el conjunto de características que define esta idea nos hace ¡guales a todos nosotros de una manera que hace inteligible nuestra igualdad moral. Esto es lo que tengo en mente.

Lo dicho implica que los sujetos-de-una-vida humanos difieren de muchas maneras. Por ejemplo, unos son genios y otros discapacitados mentales severos: algunos están dotados para la música mientras que otros son incapaces de tararear una melodía sin desafinar.

Estas diferencias son reales e importan. Sin embargo, cuando pensamos el mundo en términos de igualdad moral fundamental, estas diferencias no diferencian. Moralmcnte considerado, un niño mimado que puede tocar los estudios de Chopin con una mano atada a la espalda no es de «más» categoría que un adulto con graves daños mentales que nunca sabrá qué es un piano o quién fue Chopin. Moralmentc no dividimos el mundo de este modo, no ponemos a los Einsteins en la categoría «superior», «por encima» de los «inferiores» Homer Simpsons que en el mundo son. Los menos dotados no existen en orden a los intereses de los más dotados. Comparados con ellos, no son meras cosas que puedan usar como medios para sus fines. Desde el punto de vista moral, cada uno de nosotros es igual porque cada uno de nosotros es igualmente un alguien, no un algo; el sujeto-de-una vida, no una vida sin un sujeto.

Por tanto, ¿por qué es importante la idea de ser el sujetode-una-vida? Porque aclara nuestra mismidad moral, nuestra igualdad moral.

Como sujetos-de-una-vida somos todos iguales porque lodos estamos en el mundo.

Como sujetos-de-una-vida somos todos iguales porque todos somos conscientes del mundo.

Como sujetos-de-una-vida somos todos iguales porque lo que nos sucede nos importa.

Como sujetos-de-una-vida lo que nos ocurre nos importa porque es decisivo para la calidad y duración de nuestra vida.

Como sujetos-de-una-vida no hay ni superior ni inferior, más alto o más bajo.

Como sujetos-de-una-vida todos somos moralmente lo mismo.

Como sujetos-de-una-vida todos somos moralmente iguales.

Huelga decir que lo que antecede no constituye una prueba en sentido estricto de nuestros derechos basada en nuestra subjetividad.

Mi intención ha sido más bien explicar cómo nuestro ser sujetos-de-una-vida aclara (nos ayuda a entender) el sostén de nuestros derechos, especialmente nuestra mismidad moral, nuestra igualdad moral. No debería constituir una sorpresa el que considere que lo que acabo de decir de nuestros derechos no es menos cierto dicho de los derechos de otros animales.

Derechos animales

¿Hay sujetos-de-una-vida que-no-sean-anim ales-hum anos? Claro que sí. Con certeza, todos los mamiferos y aves. Casi con toda probabilidad, todos los peces. ¿Por qué? Porque (por razones que he explicitado por menudo en otros lugares y sobre las que no voy a volver aquí, véase Regan 1983, 2001b, 2003a, 2003b) estos seres satisfacen las condiciones del tipo de subjetividad en cuestión. Como nosotros, están en el mundo, conscientes del mundo, conscientes de lo que les ocurre e im portándoles lo que les ocurre (a su cuerpo, a su libertad, a su vida) independientemente de que a alguien más le preocupe esto o no. Por consiguiente, estos seres participan de los derechos mencionados, incluyendo el derecho de ser tratados con respeto.

Esta conclusión (la de que, como mínimo, estos animales tienen derechos morales básicos) tiene hondas, incluso podríamos decir que revolucionarías, consecuencias. Respetar estos derechos significa (entre otras cosas) algo más que reducir la cantidad de carne que comemos o evitar la tem erá lechal o comer sólo pollo y pescado. Significa el final de la agricultura animal comercial, no importa que sea intensiva o al aire libre. No respetamos los derechos de vacas y cerdos, pollos y gansos, atunesy truchas si acabamos con su vida de modo prem aturo, aunque empleemos m étodos «humanos». Estos animales tienen tanto derecho a la vida como podamos tener nosotros.

III. OBJECIONES DE RAÍZ MEDIOAMBIENTALISTA A LA CONSIDERACIÓN DE LOS DERECHOS

Contra la consideración de los derechos se han formulado varias objeciones de raíz medioambientalista. Debido a las limitaciones de espacio, me veo obligado a considerar únicamente dos(2).

La consideración de los derechos y las relaciones predador-presa

Aunque el foco principal de la consideración de los derechos son los deberes de justicia, hay espacio en esta perspectiva para incluir en ella un deber general de beneficencia, de no limitarse a hacer lo que es justo sino hacer el bien a los demás. Si (según creo) los humanos tenemos deberes de asistencia mutua independientemente de las exigencias de justicia, no hay razón alguna por la que no pueda haber deberes del mismo género en circunstancias en las que están implicados animales. Supongamos, por ejemplo, que un tigre acecha a un niño pequeño. Si espantamos al tigre podemos ser capaces de salvar al niño. Dado que los tigres no son agentes morales en el sentido en que uso esta expresión, no habría a primera vista violación de derechos alguna. Y el caso es que si no hacemos nada, es casi seguro que el niño resulte dañado. ¿Deberíamos intentar evitar este resultado? ¿Tenemos un deber prima facie de intervenir? Es difícil imaginar cómo podríamos defender una respuesta negativa. Asumamos, por consiguiente (lo que considero cierto), que en este caso tenemos un deber prima facie de asistencia.

A continuación, supongamos que el mismo tigre no acecha a un niño sino a un animal salvaje. Y supongamos, de nuevo, que si espantamos al tigre podemos ser capaces de salvar a este animal salvaje. Dado que los tigres no son agentes morales, en el sentido en el que uso esta expresión, no se produciría, a primera vista, violación de derechos alguna. Y el caso es que es prácticamente seguro que el animal salvaje resulte dañado si nosotros no hacemos nada. ¿Debemos tratar de evitar este resultado? ¿Te­nemos un deber prima facie de intervenir? Mi respuesta ha sido y sigue siendo: no. A los críticos (por ejemplo, Ferré, 1986) no les llevó mucho tiempo pensar que algo no cuadraba.

J. Baird Callicott, uno de los auténticos pioneros de la ética medioambiental, es una figura representativa al respecto. Como parte de su crítica a la consideración de los derechos, escribe: «Si deseamos proteger el derecho humano a no ser depredado por... animales predadores, debemos proteger el derecho de los animales a no ser depredados por... animales predadores» (Callicott, 1989:45).

Y sin restricciones. Callicott insiste en que la consideración de los derechos está obligada a proteger a todos los animales que puedan servir de presa. Literalmente: «La teoría de Regan sobre los derechos animales entraña una política de exterminio del predador humano, puesto que los predadores, aunque de modo inocente, violan los derechos de sus víctimas» (ibíd.).

Aunque pueda haber algo de verdad en lo que dice Callicott, su diagnóstico es claramente exagerado cuando escribe que «los depredadores, aunque de modo inocente, violan los derechos de sus víctimas». Sólo los agentes morales son capaces de violar derechos, y los animales no humanos no son agentes morales. Por otra parte, resulta obvio que Callicott pasa acríticamente de preguntar qué habría que hacer en casos particulares a qué habría que hacer como política general. Y esto es decisivo. El que todos (me imagino) estemos de acuerdo en que tenemos un deber prima facie de ayudar al niño frente al tigre, no nos compromete lógicamente, en cuanto defensores de los derechos de los niños, con la promulgación de políticas tendentes a erradicar a todos los predadores que en el mundo son. ¿Por qué suponer, entonces, que, dado que los animales depredadores dañan a sus presas, los defensores de los derechos animales deben apoyar la promulgación de tales políticas? Callicott no lo dice. Embadurnar la consideración de los derechos con la brocha gorda de «erradicar la vida salvaje» puede que sea buena retórica, pero no es buena filosofía.

Visto esto, ¿qué dice la consideración de los derechos sobre las relaciones predador-presa? Para empezar, mi posición es diametralmente opuesta a la que me quiere endosar Callicott. En lugar de abogar por una política de intervención masiva en los asuntos de la vida salvaje, lo que tenemos que hacer es, en general,... nada. He aquí lo que pienso y por qué lo pienso.

Desde mi punto de vista (véase The Case, 357, 361)(3), nuestra obligación rectora respecto a los animales salvajes es dejarlos estar. Se trata de una obligación fundada en el reconocimiento de su aptitud para manejar los asuntos del vivir, una aptitud que encontramos tanto en los miembros de las especies predadoras como en los miembros de las especies que sirven de presa. Después de todo, si los miembros de las especies que sirven de presa, incluidos los juveniles, fueran incapaces de sobrevivir sin nuestra ayuda, no existirían tales especies. Y lo mismo cabe decir de los depredadores. En una palabra, honramos la aptitud de los animales salvajes permitiéndoles utilizar sus habilidades naturales incluso en el caso de sus necesidades de competir. Como norma general, no necesitan nuestra ayuda en su lucha por sobrevivir, y no dejamos de cumplir con nuestro deber si optamos por no brindarles nuestra ayuda.

No encontramos idéntica aptitud en los niños pequeños. La pura verdad es que, sin nuestra ayuda, no pueden cuidar de sí mismos y no tienen posibilidad real de sobrevivir, ni en el hogar ni en la naturaleza. Por ello, dejar estar a los niños no es honrar su aptitud. Por regla general, y aunque estén dotados de habilidades supervivenciales (sean estas las que fueren), necesitan nuestra ayuda. Por lo tanto, desde la perspectiva de la consideración de los derechos, no hay la más mínima inconsistencia en reconocer deberes de asistencia a seres humanos, niños humanos incluidos, que no reconocemos en el caso de otros animales, incluidos los salvajes.

Podemos llegar a la misma conclusión por otro camino. A mi entender (véase The Case, 103-109), los animales son capaces de saber lo que desean y actuar con la intención de conseguirlo. Porque tienen esta capacidad, podemos comportamos con ellos de forma paternalista. Dicho de forma grosera (para una explicación más detallada, véase la página 107), intervenir de forma paternalista en sus vidas significa tom ar medidas para evitar que persigan lo que desean porque, en nuestra opinión, permitirles hacer su voluntad iría en contra de sus intereses.

En lo que respecta a nuestras obligaciones para con los animales salvajes, la consideración de los derechos es antipatemalista sin rebozo alguno. Así, he escrito: «La meta de la gestión de la vida salvaje debería ser defender a los animales salvajes en la posesión de sus derechos, dándoles la oportunidad de vivir su propia vida lo mejor que puedan según su buen saber y entender, prescindiendo de la predación humana que responde al nombre de «deporte» [la caza]» (357).

En el caso de los niños pequeños, nuestras obligaciones son distintas. Alguien que dejase niños pequeños en el bosque o en un témpano de hielo con la sana intención de darles la «opor­tunidad de vivir su propia vida lo mejor que puedan según su buen saber y entender», sería considerado, y con razón, un criminal irresponsable. Del mismo modo que mediante la adopción de una postura antipatemalista solemos actuar, en general, de una manera que respeta los derechos de los animales salvajes, mediante la adopción de una postura paternalista actuamos, en general, de un modo que respeta los derechos de nuestros pequeños. Desde el punto de vista de la consideración de los derechos, ambas posturas muestran idéntico respeto por los derechos de ambos grupos(4).

La consideración de los derechos y las especies amenazadas

Algunos filósofos medioambientalistas (Callicott es representativo) critican la consideración de los derechos porque no puede suministrar una base creíble para gestionar nuestra obligación de preservar especies amenazadas. (Por simplificar, centro mi atención en las especies amenazadas [en cuanto diferentes de las poco comunes]). Si dejamos de lado los excesos retóricos, la lógica de la objeción es sencilla: si la consideración de los derechos no puede suministrar una base creíble para tratar debidamente esta obligación, la consideración de los derechos no es, en última instancia, la mejor teoría. La consideración de los derechos no puede suministrar esto que se le pide. Por consiguiente, en última instancia, no es la mejor teoría.

Aunque creo que este tipo de críticas representa un serio desafío para mi postura, y aunque en la actualidad (y por razones que explicaré más adelante) considero que mi antiguo aná­lisis de las especies amenazadas debería haber sido más amplio, no tengo claro que esta objeción sea tan contundente como sus promotores quieren hacemos creer. Me explico.

La consideración de los derechos restringe los derechos a los individuos. Dado que las especies no son individuos, «la consideración de los derechos no reconoce en ningún caso los derechos de las especies, incluido el de supervivencia» (359). Además, los derechos de los individuos no crecen o menguan dependiendo de lo abundantes o poco comunes que sean las especies a las que pertenecen. Los castores no tienen menos de­rechos precisamente porque sean más abundantes que los visones, y los rinocerontes negros del África oriental no tienen más derechos que los conejos precisamente porque su número esté disminuyendo. Entonces, ¿de qué manera puede la consideración de los derechos gestionar nuestra obligación de preservar especies amenazadas? Mi respuesta, en el pasado, fue doble.

En primer lugar, tenemos una obligación (prima facie, quede claro) de detener a los agentes morales humanos («promotores comerciales, cazadores furtivos y otras terceras partes interesadas» (360)) cuyas acciones violen los derechos de los animales. En segundo lugar, tenemos la obligación de «detener la destrucción del hábitat natural» que sustenta la vida de estos animales (360). Mi argumentación implica que, si tenemos éxito en el cumplimiento de estas obligaciones, tendremos éxito en el cumplimiento de nuestro deber de proteger a las especies amenazadas.

Un crítico puede responder señalando que la consideración de los derechos no hace justicia a nuestra sensación de que estamos más en deuda con las especies amenazadas que con las abundantes. Más con los rinocerontes negros del África oriental que con los conejos, por ejemplo. Dada su insistencia en la igualdad de derechos, ¿cómo puede dar cuenta la consideración de los derechos de esta intuición? He aquí, en tosco esbozo, la respuesta que defiendo.

Los defensores de la justicia humana utilizan a veces la idea de justicia compensatoria. Un ejemplo clásico tiene que ver con las injusticias cometidas en el pasado contra miembros de determinados colectivos. Por ejemplo, aunque los actuales descendientes de los Sioux Miniconjou que fueron masacrados por el Séptimo de Caballería del ejército de los Estados Unidos de América en Wounded Knee el 29 de diciembre de 1890 no vivían en los tiempos de la masacre, no es una inconsistencia argumentar que se les debe algo (a los descendientes actuales) por lo que sucedió no sólo en Wounded Knee sino también muchos años antes y después. Desde una consideración razonable de la historia, los descendientes actuales han resultado perjudicados por la gran injusticia cometida contra sus predecesores. Por otra parte, y por similares razones, lo que se les debe es algo más de lo que se nos debe a aquellos de entre nosotros que no hemos sido perjudicados del mismo modo. Si no hay otros factores a tener en cuenta, debería hacerse más por ellos, mediante una asistencia compensatoria, que lo que se hace por nosotros.

La consideración de los derechos puede aplicar principios compensatorios a aquellos animales (por ejemplo, al rinoceronte negro del África oriental) cuyo número disminuye de forma alarmante debido a pasados errores humanos (por ejemplo, el furtivismo de nuestros antepasados y la destrucción del hábitat). Aunque los rinocerontes que quedan tengan los mismos derechos fundamentales que los miembros de especies más abundantes (los conejos, sin ir más lejos), es comprensible que para nosotros tenga mayor peso el deber de asistencia debida a los primeros que el mismo deber referido a los últimos. Si es verdad, como creo, que los rinocerontes actuales están en una situación de desventaja debido a los errores humanos cometidos contra sus antecesores, entonces, suponiendo que no hay ninguna otra diferencia a considerar, se debe hacer más por los rinocerontes, mediante una asistencia compensatoria, que por los conejos. Creo que de esta manera la consideración de los derechos puede dar cuenta de nuestra intuición de que nuestra deuda con los miembros de las especies animales amenazadas es mayor que la que tenemos con los miembros de especies más abundantes.

Los críticos de la consideración de los derechos pueden seguir desafiándola incluso después de haberla ampliado yo con mi argumento compensatorio. Pueden poner de relieve, en particular, que la inmensa mayoría de especies amenazadas son plantas e insectos, formas de vida demasiado rudimentarias para ser calificadas de sujetos-de-una-vida. En este caso, y dado que no poseen ningún derecho, nada puede debérseles por motivos de justicia compensatoria. Peor todavía (se argüirá), la continuidad existencial de muchas de estas plantas e insectos no es necesaria para sostener la vida de aquellos animales que son sujetos-de-una-vida. ¿Qué puede decir la consideración de los derechos de nuestra obligación de preservar estas especies amenazadas?

Creo que lo que puede decirse es lo que dije hace tiempo: «La consideración de los derechos», escribía, «no niega, no es contraria al reconocimiento de la importancia de determinados intereses humanos (estéticos, científicos, sacramentales, etc.) [en la preservación de especies amenazadas]» (361) o, por hablar de modo más general, no niega, no es contraria a alentar prácticas que promuevan un mundo biótico a la vez rico, diverso y sosteniblc. Lo que la consideración de los derechos niega, al menos tal y como está articulada a día de hoy, es que plantas e insectos sean sujetos-de-una-vida; y niega también que estas formas de vida hayan mostrado tener derecho alguno, incluido el derecho a la supervivencia. Claro está que podemos hacer grandes esfuerzos para preservar este tipo de vida (es decir, no hay en principio nada malo en hacerlo), basándonos, por ejemplo, en intereses humanos estéticos o sacramentales. Pero que podamos estar dispuestos a hacer esto dista mucho de dejar sentado que plantas e insectos puedan demandamos legítimamente por actuar como lo hacemos.

El número de insatisfechos con las implicaciones medioambientales de la consideración de los derechos, ampliada o no con principios de justicia compensatoria, no se limitará a un pu­ñado de filósofos medioambientalistas, entre los que hay que contar alguno de los más relevantes. Dirán (y de hecho alguno ha dicho*) que las especies tienen un valor inherente. Y también los ecosistemas y la biosfera. Ello explicaría nuestra obligación de salvar especies amenazadas, incluyendo plantas e insectos, y no sólo «difusos mamíferos». A esto sólo puedo replicar (siguiendo el ejemplo del personaje que interpreta Cuba Gooding en la película Jerry Maguire): «¡razónamelo!». No basta conferir un valor inherente (o intrínseco) a especies, a ecosistemas, a la biosfera. Uno espera que se argumente de forma convincente. Y esto es algo que, por razones que he dado en otro lugar (Regan, 1992), no sólo no se ha hecho sino que creo que no puede hacerse.




Entrevista a Tom Regan (Marcia Bindo, 2006)

Entrevista realizada por Marcia Bindo con motivo del 1º Congreso Vegetariano Brasileño y Latino-Americano de agosto de 2006 en São Paulo. Traducida al español por Vegetarianismo.net


- ¿Cuándo empezaste a estar interesado en la causa de los derechos animales?

Desearía poder decir que desde siempre, pero tristemente eso no es verdad. Durante al menos la mitad de mi vida no he tenido conciencia animal, como yo la llamo. Excepto hacia los animales con los que he compartido mi vida, los demás animales podrían muy bien haber sido bloques de madera. Quiero decir, antes en mi vida incluso trabajé como carnicero. Y también como carpintero. Por lo tanto, como digo, los otros animales eran para mí como fueron los bloques de madera con los que trabajé como carpintero.

Lo que cambió mi vida fue leer a Gandhi. Me oponía a la violencia no justificada, por lo que me opuse a la guerra de Vietnam. Gandhi me ayudó a ver que en nuestra cultura hay una guerra no declarada que se libra contra los otros animales. Escribo en profundidad acerca de esta guerra en Empty Cages (Jaulas Vacías). Se libra cada día, detrás de puertas cerradas, en aquellas industrias que convierten a los animales en comida, que los convierten en ropa, que los convierten en competidores, artistas, herramientas. Y la violencia que se les hace (aproximadamente 60 mil millones de animales se matan en el mundo para comida al año, por ejemplo) sencillamente no se puede justificar.

- ¿Qué son los "derechos animales"? (por favor, dime el significado, la filosofía...)

Cuando se trata de derechos fundamentales, los derechos animales no son distintos a los derechos humanos. Toma nuestros derechos (humanos) a la integridad física, la libertad y la vida. Esos derechos comparten tres características importantes. Primero, limitan lo que los demás son moralmente libres de hacer. Moralmente, los demás no son libres de desfigurar mi cuerpo, negarme la libertad o quitarme la vida a su antojo. Su libertad termina donde mis derechos empiezan.

Segundo, nuestros derechos fundamentales tienen un gran peso moral. El respeto por ellos tiene prioridad sobre otros valores importantes. Toma el bien común, por ejemplo. La gente en todas partes debe tener acceso a una atención médica de calidad, independientemente de su clase social, igual que los niños en todas partes deben tener la oportunidad de disfrutar de una educación de calidad, independientemente de su raza. Así que, sí, vamos a trabajar para promover estos y otros aspectos del bien común. Pero jamás al precio de violar los derechos de otros individuos. Pensar de otro modo es avalar el espíritu del nazismo, la idea de que el fin justifica los medios -que es por lo que los nazis creían no estar haciendo nada malo cuando, por ejemplo, experimentaban con niños judíos. Ningún defensor serio de los derechos humanos aceptaría esa idea mostruosa. El respeto por los derechos de los niños debe tener prioridad sobre los esfuerzos en avanzar hacia el bien común.

Tercero, nuestros derechos fundamentales son iguales. Mis derechos no son más que los tuyos. Tus derechos no son más que los mios. Nos diferenciamos en muchos otros sentidos, a este respecto somos iguales.

Por lo tanto, ¿qué queremos decir al hablar de "derechos animales"? Queremos decir que los animales víctimas de esa guerra no declarada a la que me referí antes comparten los mismos derechos fundamentales que nosotros y que sus derechos tienen las mismas tres características que acabo de describir.

- Pero los humanos son diferentes a los demás animales, ¿por qué tienen los mismos derechos fundamentales que nosotros?

Es verdad que muchos humanos difieren de otros animales de muchas maneras. Por ejemplo, muchos humanos son capaces de leer historia y libros de ficción, aprender biología o astronomía, ser responsables de sus actos, entre otras cosas. Sin embargo, no todos los humanos son capaces de estas cosas. ¿Decimos entonces "bueno, entonces estos humanos no tienen derechos, lo que nos legitima a usarlos libremente como simples medios para nuestros fines"? Por supuesto que no. Esos humanos tienen los mismos derechos fundamentales que nosotros, y los tienen por igual.

No puede ser razonable, por tanto, afirmar derechos en el caso de los humanos que no son capaces de, por ejemplo, aprender biología o astronomía, y negar esos mismos derechos a otros animales que tampoco pueden hacerlo. Eso sería un indefendible doble rasero.

Además -y esto es muy importante- todos los humanos y los otros animales de los que he hablado son en un sentido fundamental iguales. No sólo estamos vivos, como las células y los virus, las plantas y las flores. Nosotros estamos en el mundo, conscientes del mundo, y conscientes de lo que nos sucede. Por otra parte, lo que nos pasa nos importa porque determina la calidad de nuestra vida, independientemente de si a alguien más le importa o no. De esta manera fundamental, como digo, esos humanos y aquellos animales son iguales. ¿Cómo entonces podemos razonablemente reclamar derechos para nosotros mismos y negárselos a ellos? Como argumento en Empty Cages (Jaulas Vacias), no podemos hacerlo de manera razonable -lo que por supuesto no significa que no podamos seguir reclamando nuestra singularidad por otros motivos razonables.

- ¿Cuándo empezará la sociedad a abordar esta cuestión?

La gente ha estado hablando de derechos animales desde que tenemos historia escrita. Puede que no usaran las palabras "derechos animales", pero lo que creían viene a ser lo mismo. Así que, por ejemplo, encuentras la idea de que no deberíamos nunca dañar o mutilar a otro animal a nuestro antojo, ni siguiera matarlo para comida: encontramos estas ideas en los escritos de Ovidio y Plutarco, Séneca y Platón, Pitágoras y Porfirio. El hecho de que muy pocas personas saben que estas figuras ilustres estaban del lado de los derechos animales viene a mostrar lo parciales que son nuestros sistemas educativos.

- ¿Cómo ves la evolución de los derechos animales? (ponme algunos ejemplos)

Soy realista. No creo que el mundo adquiera conciencia sobre los animales de un día para otro. Llevará tiempo que las cosas cambien. Pero -y este es un 'pero' muy importante- las cosas ya están cambiando en Brasil, por ejemplo, donde encontramos:

La prohibición de las peleas de gallos (todavía permitidas en mi pais).

Rio de Janeiro prohibe los circos y otros espectáculos que incluyan animales amaestrados (todavía permitido en Raleigh, donde vivo).

La eliminación de la disección y vivisección en escuelas públicas (muy comunes aun en EEUU).

El cierre total de los "espectáculos" de mamíferos marinos (todavía florecientes en los parques temáticos norteamericanos como el Sea World-San Diego).

El fin del uso de las trampas de acero dentadas (aun la trampa preferida de los tramperos norteamericanos).

Estos son logros maravillosos que hablan bien de la capacidad de los brasileños para el cambio.

En Jaulas Vacias represento la opresión de los animales como una enorme pared, que se extiende tan lejos como alcanza la vista. En comparación la Gran Muralla China es una construcción de juguete. Esta Gran Muralla de Opresión no va a derrumbrase mañana. Dicho esto, podemos desmontarla, ladrillo a ladrillo, que es exactamente lo que los defensores de los derechos de los animales de Brasil han estado haciendo. Les mando un saludo, y también a todos los brasileños compasivos.

- ¿En qué ámbitos sufren más los animales? (háblame sobre del toreo, la industria del entretenimiento, el uso de los animales en la ciencia y la industria cosmética...)

Las crueldades son tantas, y el número de animales involucrados tan grande, que es dificil decir qué es lo peor de lo peor. En términos del número de animales, la ganadería es de lejos lo peor. Aproximadamente sesenta mil millones son llevados al matadero cada año. Si los comparamos con el número de toros matados en la corridas de toros, el daño causado a los toros puede parecer de menor importancia.

Pero los números no lo cuentan todo. Mucha gente que come la carne de los animales se les ha enseñado que necesitan hacerlo por motivos nutricionales. De hecho, esto es falso. No necesitamos comer carne animal ni ningún otro producto animal (leche o huevos, por ejemplo) para alcanzar el máximo en salud y vitalidad. Aun así, la salud y la vitalidad son importantes bienes que hay que alentar que la gente persiga. Cuando se trata de la auténtica tortura que los toros tienen que soportar en nombre del "deporte" o el "entretenimiento", bueno, eso es otra historia. No importa cuán adoctrinada pueda estar alguna gente, nadie puede estar tan adoctrinado para creer que torturar toros es necesario para ningún beneficio humano importante. Hay multitud de deportes y formas de entretenimiento que no requieren hacer sufrir a los animales, especialmente hacerlos sufrir para el deleite de espectadores humanos.

Lo que estoy sugiriendo es que la mayoría de la gente que come carne porque creen que es necesario lo hace por ignorancia, mientras que mucha de la gente que disfruta viendo toros torturados lo hacen por sadismo. ¿Qué es peor: hacer a los animales sufrir y morir por ignorancia o por sadismo? Números a parte, sin duda lo último es peor que lo primero.

- ¿Por qué crees que el respeto hacia otros seres es importante para la paz?

El tenedor puede ser un arma de violencia. Esto es lo Gandhi me enseñó hace unos 30 años. Tan cierto hoy como lo era en aquel entonces. ¿Cómo puede haber paz en el mundo antes de que haya paz en nuestra mesa? La misma ignorancia y sadismo, el mismo prejuicio e indiferencia, la misma dedicación sin sentido a la creencia infundada en la superioridad, que lleva a algunos seres humanos a practicar diversas formas de genocidio contra otros humanos, es lo que lleva a la mayoría de los brasileños y norteamericanos a apoyar el genocidio contra otras especies animales. Son males cortados por el mismo patrón. ¿Podemos tú o yo, cualquier persona que lea estas palabras traer paz al mundo cuando amanezca mañana por la mañana? No, por supuesto que no. Lo que cada uno de nosotros puede hacer es llevar la paz a su mesa. Y eso es un comienzo. Desde mi punto de vista, la paz vendrá al mundo persona por persona.

- ¿Qué podemos hacer para fomentar la causa de los derechos animales?

Como acabo de decir, podemos empezar haciendo cambios en la forma en que vivimos nuestras vidas - por ejemplo, la comida que ponemos en nuestro plato. Otra cosa que podemos hacer es investigar qué cosméticos y artículos de aseo han sido experimentados en animales y cuáles no. Casi todos los que dan estos pasos no se pararán ahí. Cuanto más aprendemos sobre cuán horriblemente son tratados los animales, más queremos hacer para ayudarles. Esto nos lleva de manera natural a juntarnos con otros que sienten del mismo modo, que es cómo empezamos a involucrarnos en la promoción de los derechos animales. Y de este modo, como activistas organizados, tenemos efecto sobre las leyes y las políticas públicas. Ninguna persona por sí sola pone fin a los espectáculos de mamíferos marinos en Brasil. Ese es el resultado de mucha gente trabajando junta. Así, ¿qué podemos hacer para fomentar los derechos animales? Primero, podemos trabajar poniendo en orden nuestra propia vida. Segundo, trabajando con otros, podemos intentar hacer lo mismo en nuestra ciudad, región, pais. Esas son dos de las muchas maneras en las que podemos ayudar al avance de los derechos animales donde quiera que vivamos, seamos quien seamos.



Activista destacado: Tom Regan (1938-2017)

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Tom Regan (nacido el 28 de noviembre de 1938 en Pittsburgh, Pennsylvania y muerto el 17 de febrero de 2017) fue un filosofo estadounidense que está especializado en la teoría sobre los derechos de los animales. Regan se graduó de la Thiel College en 1960, recibiendo su maestría en 1962 y su doctorado en 1966 de la Universidad de Virginia. Es profesor emérito de filosofía en la Universidad Estatal de Carolina del Norte, donde enseñó desde 1967 hasta su retiro en 2001.

Regan es autor de cuatro libros sobre la filosofía de los derechos de los animales, incluyendo «The Case for Animal Rights» («La Causa por los Derechos Animales») (1983), uno de un puñado de estudios que han influido en el moderno movimiento de liberación animal. En estos, afirma que los animales no-humanos son lo que él llama la sujetos-de-una-vida, igual que los humanos lo son, y que, si queremos atribuir valor a todos los humanos independientemente de su capacidad de racionalidad, a continuación, con el fin de ser coherentes, hay que atribuírselo igualmente a los animales no humanos.


Intervención en la naturaleza

Regan defiende que los individuos con valor inherente tienen derecho a recibir asistencia cuando así lo necesiten, es decir, los humanos deberíamos asistir y ayudar a cualquier individuo que posea valor inherente y sea víctima de injusticias a manos de otros (Regan, 1983, 249). Por contra, Regan defiende que sólo los agentes morales son capaces de violar los derechos de los otros. A partir de ello deduce que como los animales no-humanos no pueden considerarse agentes morales entonces no existiría violación de derechos en los conflictos depredador/presa.

ANÁLISIS DE LA OBRA DE TOM REGAN SOBRE ÉTICA ANIMAL

The Moral Basis of Vegetarianism (Las Bases Morales del Vegetarianismo) (1975)

En 1975, se publicó el libro de Tom Regan titulado «The Moral Basis of Vegetarianism» («Las Bases Morales del Vegetarianismo»), en el cual niega la tesis de quienes manifiestan que matar animales no humanos es moralmente aceptable si al hacerlo no se les causa dolor. Para Regan, el acto de matar a un animal, aunque se le dispense una muerte indolora, es moralmente condenable, puesto que los animales no humanos tienen, como los humanos, derecho a la vida, pues también tienen intereses que deben ser protegidos.

No hay nada que justifique que una práctica moralmente censurable en caso de aplicársela a los humanos, no lo sea también en caso de aplicársela a los animales no humanos; pues si no fuera así entonces todos los humanos, y sólo ellos, deberían poseer una característica moralmente relevante que justificara la diferencia de consideración moral entre humanos y animales no-humanos, pero la evidencia apunta a que dicha característica no existe.

The Case for Animal Rights (La Causa por los Derechos Animales) (1983)

En 1983, se publicó el libro de Tom Regan titulado «The Case for Animal Rights» («La Causa por los Derechos Animales»). Regan, comienza por lo más básico: si queremos otorgarles derechos a los animales entonces hay que comprobar que son conscientes. Para eso desarrolla un Argumento acumulativo para determinar dicha consciencia animal. Este contiene 5 puntos:

- La atribución de conciencia a ciertos animales es parte de la visión del sentido común.

- Especialmente la gente que convive con animales sabe (sentido común) que se puede comunicar con los animales de alguna forma y que existe un mutuo entendimiento aunque sea en mínimo grado.

- La atribución de conciencia a ciertos animales esta en armonía con el uso común del lenguaje (descripciones antropomórficas).

- Es inevitable que al hacer descripciones de los comportamientos de los animales no-humanos, nos refiramos a ellos con un lenguaje comúnmente utilizado para describir a los seres humanos. Lo que a simple vista puede ser visto como antropomorfizar a los animales (otorgarles características humanas a los animales no-humanos), puede a partir de este punto ser visto de otra manera: las características que son utilizadas para describir a los humanos pueden ser utilizadas, sin reparo alguno, para describir a los animales no-humanos porque ambos poseemos comportamientos similares o iguales.

- La atribución de conciencia a los animales no implica o asume que los animales tienen almas inmortales (inmateriales) independiente de convicciones religiosas. Si queremos hacer análisis objetivos respecto de la verdadera naturaleza de los animales no-humanos, debemos dejar todo tipo de fundamentalismos religiosos fuera: ningún tipo de creencia puede justificar, como gran parte de las religiones lo hacen, que se vea al ser humano por sobre los animales, y a estos últimos como meras creaciones al servicio del "hombre". Si existe cierto tipo de religión o grupo religioso pro animales, debe tratarse simplemente como otro grupo en esta causa con un público objetivo especifico.

Cómo se comportan los animales esta directamente relacionado con verlos como seres conscientes. Cuando un perro hambriento abandonado elige entre la basura un hueso en vez de una esponja para lavar los platos esta demostrando que es un ser consciente e inteligente. Lo mismo sucede cuando los ratones sólo sacan el queso de las trampas y huyen rápidamente. En otras palabras, no necesitamos erigir enormes teorías sobre el comportamiento animal. Tan solo necesitamos observarlos detenidamente para darnos cuenta que si poseen consciencia e inteligencia.

Regan argumenta que los animales no humanos son objeto de derechos morales. Su filosofía, el deontologismo, se encuentra en general dentro de la tradición de Immanuel Kant (1724-1804), si bien él rechaza la idea de Kant de que el respeto se debe solo a los seres racionales. Regan argumenta que sistemáticamente atribuimos valor intrínseco, y por lo tanto, el derecho a ser tratados con respeto a los humanos que no son racionales incluyendo a los bebés y a aquellos que sufren discapacidades mentales graves.

El atributo crucial que todos los humanos tienen en común, según él, no es la racionalidad sino el hecho que cada uno tiene una vida que tiene valor para nosotros; en otras palabras, lo que sucede nos importa sin importar que le importe a cualquier otro. En la terminología de Regan, cada uno estamos experimentando ser sujeto-de-una-vida. Regan explica lo que es el sujeto-de-una-vida de la siguiente manera[1]:

"Cada uno de nosotros somos el sujeto que experimenta una vida, una criatura consciente que tiene un bienestar individual que tiene importancia para nosotros cualquiera que sea nuestra utilidad para otros. Queremos, preferimos, sentimos y creemos ciertas cosas, recordamos y esperamos. Y todas estas dimensiones de nuestra vida, incluyendo nuestro placer, dolor, diversión, sufrimiento, satisfacción, frustración, nuestra continuada existencia o nuestra muerte inesperada- todas contribuyen a la calidad de nuestra vida como vivida, experimentada por nosotros como individuos." Tom Regan

Si esto es sin duda la base para atribuir valor inherente a los individuos, para ser consistentes debería atribuirse valor intrínseco y, por tanto, derechos morales, a todos los sujetos-de-una-vida, ya sean humanos o no humanos. El derecho básico que todos los que posean valor inherente tienen, argumenta, es el derecho a no ser tratado simplemente como un medio para los fines de otros.



Tom Regan en el programa NC People (1987) (Link)


ANÁLISIS DE LAS IDEAS ÉTICAS DE TOM REGAN

Tom Regan sobre matar sin sufrimiento

En su libro «The Moral Basis of Vegetarianism» (1975), Tom Regan niega las tesis de quienes manifiestan que matar animales es éticamente correcto si al hacerlo no se les causa dolor, pues también tienen derecho ético a la vida.

Tom Regan sobre matar por omisión

Tom Regan mantiene una posición incoherente sobre el derecho de auxilio. Por un lado dice que tenemos el deber de ayudar:

«The respect principle, as a principle of justice, requires more than that we not harm some so that optimific results may be produced for all affected by the outcome; it also imposes the prima facie duty to assist those who are the victims of injustice at the hands of others... Justice, that is, not only imposes duties of nonharm; it also imposes duties of assistance, understood as the duty to aid those who suffer from injustice. All individuals who have inherent value are to be given their due, and sometimes what they are due is our assistance» (Regan, Tom, The Case for Animal Rights, Berkeley: University of California Press, 1983, p. 249)

Contradictoriamente, Tom Regan se opone a ayudar a los animales no humanos que son agredidos por otros, además de una manera especista. En «Derechos animales y ética medioambiental» dice lo siguiente:

«Aunque el foco principal de la consideración de los derechos son los deberes de justicia, hay espacio en esta perspectiva para incluir en ella un deber general de beneficencia, de no limitarse a hacer lo que es justo sino hacer el bien a los demás. Si (según creo) los humanos tenemos deberes de asistencia mutua independientemente de las exigencias de justicia, no hay razón alguna por la que no pueda haber deberes del mismo género en circunstancias en las que están implicados animales. Supongamos, por ejemplo, que un tigre acecha a un niño pequeño. Si espantamos al tigre podemos ser capaces de salvar al niño. Dado que los tigres no son agentes morales en el sentido en que uso esta expresión, no habría a primera vista violación de derechos alguna. Y el caso es que si no hacemos nada, es casi seguro que el niño resulte dañado. ¿Deberíamos intentar evitar este resultado? ¿Tenemos un deber prima facie de intervenir? Es difícil imaginar cómo podríamos defender una respuesta negativa. Asumamos, por consiguiente (lo que considero cierto), que en este caso tenemos un deber prima facie de asistencia. 
A continuación, supongamos que el mismo tigre no acecha a un niño sino a un animal salvaje. Y supongamos, de nuevo, que si espantamos al tigre podemos ser capaces de salvar a este animal salvaje. Dado que los tigres no son agentes morales, en el sentido en el que uso esta expresión, no se produciría, a primera vista, violación de derechos alguna. Y el caso es que es prácticamente seguro que el animal salvaje resulte dañado si nosotros no hacemos nada. ¿Debemos tratar de evitar este resultado? ¿Te­nemos un deber prima facie de intervenir? Mi respuesta ha sido y sigue siendo: no.»




¿Necesitan los animales una Declaración de Derechos? (Tom Regan, 1989)

Este discurso fue pronunciado por el filósofo Tom Regan en el Royal Institute de Gran Bretaña, en el año 1989, como parte de un debate acerca de la cuestión: "¿Necesitan los animales una declaración de derechos?"



Para ver los subtítulos en español elige "English [100%]".


"Los otros animales que los seres humanos comen, utilizan para la ciencia, cazan, atrapan y explotan en una gran variedad de maneras, poseen una vida propia que tiene importancia para ellos, aparte de la utilidad que pudieran tener para nosotros. Ellos no están simplemente en el mundo, sino que además son conscientes de ello y de lo que les ocurre. Y lo que les ocurre tiene importancia para ellos.

Cada uno de ellos tiene una vida, con experiencias mejores y peores para quien posee dicha vida. Al igual que nosotros, cada uno de ellos es una presencia única en el mundo. Al igual que nosotros, ellos son alguien, y no algo. Bajo esta perspectiva, los animales no humanos recluídos en laboratorios o en granjas son iguales que los seres humanos. Y es por esto que la ética acerca de nuestra relación con todos y cada uno de ellos debe estar basada en algunos de los mismos principios morales fundamentales.

A un nivel profundo, una ética humanitaria progresista está basada en el valor independiente de cada individuo. Tratar a los seres humanos de maneras que no respeten su valor inherente es reducirlos al estatus de instrumentos o cosas, es violar el más básico de los derechos humanos, el derecho a ser tratado con respeto.

La filosofía de los Derechos Animales sólo exige que la lógica sea respetada en cada argumento que al explicar razonadamente el valor inherente de los seres humanos implique también que otros animales poseen el mismo e igual valor. Y en cada argumento que al explicar razonadamente los derechos de los seres humanos a ser tratados con respeto también implique que otros animales tienen igualmente los mismos derechos y el mismo e igual valor.

Como resultado de una difusión informativa parcial -en el que este tipo de debates es una notable y valiosa excepción- el público en general tiende a ver a los defensores de los Derechos Animales en términos exclusivamente negativos: anti-intelectuales, anti-ciencia, anti-racionales, anti-humanos, en contra de la justicia y a favor de la violencia. Pero la verdad, como suele ocurrir, es justo lo contrario. La filosofía de los Derechos Animales está en el lado de la razón, porque no es racional discriminar arbitrariamente; y la discriminación contra los animales no humanos es demostrablemente arbitraria.

Está mal tratar a los seres humanos más débiles, especialmente a aquellos que están por debajo del coeficiente intelectual medio, como si fueran instrumentos o recursos. No puede ser racional, por tanto, tratar a otros animales como si fueran instrumentos o recursos si su inteligencia es igual o similar a la de aquellos seres humanos.

La filosofía de los Derechos Animales está a favor, y no en contra, de la ciencia. Esta filosofía es respetuosa con lo mejor de la ciencia en general, y de la biología evolutiva en particular. Los últimos avances nos muestran, en palabras de Darwin, que los seres humanos sólo difieren de los demás animales en grados y no en cualidades. Cuestión aparte de en dónde trazar la línea, es obvio que los animales usados en laboratorios, criados como alimento, y cazados por diversión, o por beneficio, sienten de una manera muy similar a la nuestra. Esto no es una fantasía. Esto es un hecho, demostrado por la ciencia.

La filosofía de los Derechos Animales está a favor, y no en contra, de la justicia. No estamos legitimados en violar los derechos de unos para que otros se beneficien de ello. La esclavitud sí permite eso. La explotación infantil lo permite. Pero no la filosofía de los Derechos Animales, cuyo principio más importante es la justicia.

La filosofía de los Derechos Animales está a favor de la paz y en contra de la violencia. La demanda fundamental de esta filosofía es tratar a los seres humanos y a los demás animales con respeto. Es una filosofía de paz. Pero que exige la extensión de esta paz más allá de los límites de nuestra especie, la cual mantiene una guerra no declarada contra incontables millones de animales no humanos.

Estar verdaderamente a favor de la paz es estar firmemente en contra de la despiadada explotación.

Y respecto de lo que se suele oír, distorsionado por los medios de comunicación, sobre lo que alegan los oponentes de los Derechos Animales, se nos pone como objeción que igualamos animales y humanos cuando humanos y animales difieren en gran medida, pero claramente nosotros no estamos diciendo que humanos y otros animales sean lo mismo en todos los sentidos. Que gatos y perros pueden realizar cálculos matemáticos o que cerdos y vacas puedan disfrutar de la poesía. Lo que decimos es que, al igual que los humanos, muchos otros animales tienen experiencia de su propio bienestar. En este sentido, ellos y nosotros somos lo mismo. En este sentido, por tanto, a pesar de nuestras diferencias, ellos y nosotros somos iguales.

Tal vez se nos podría objetar que nosotros defendemos que cada humano y cada animal tengan los mismos derechos, que los pollos tengan derecho al voto y que los cerdos tengas derecho a recibir clases de baile; pero obviamente nosotros no decimos esto. Lo que estamos diciendo es que esos animales y los seres humanos comparten un mismo derecho moral básico. El derecho a ser tratado con respeto.

Se nos podría objetar que como los demás animales no respetan nuestros derechos entonces nosotros no tenemos obligación de respetar los suyos. Sin embargo, hay muchos seres humanos que tienen derechos pero que son incapaces de respetar los derechos de otros. Los niños pequeños, los trastornados o discapacitados mentales de todas las edades; en esos casos no alegamos que esté bien el tratarlos como herramientas o recursos, porque ellos no tienen en cuenta nuestros derechos. Al contrario, reconocemos que tenemos el deber de tratarlos con respeto.

Lo que es verdad en esos casos concernientes a seres humanos no lo es menos en los casos que conciernen a otros animales.

Se nos alega la objeción de que aunque fuera el caso de que los otros animales tienen derechos morales, hay cosas más importantes que merecen nuestra atención: el hambre en el mundo, y los abusos a niños, por ejemplo. Racismo, drogas, la violencia contra las mujeres, la situación de los sintecho. Solamente después de que hayamos solucionado estos problemas podremos ocuparnos de la cuestión de los Derechos Animales.

Esa objeción pasa por alto el hecho de que el movimiento por los Derechos Animales está compuesto en gran medida por gente que dedica su vida a atender a los seres humanos: médicos, enfermeros, profesionales de la salud, asistentes sociales, gente involucrada en ayudas a víctimas de abusos, profesores, educadores.

Y las vidas de todas esas personas demuestran que la elección que la gente debe hacer no está entre ayudar a los humanos o ayudar a otros animales. Cada uno de nosotros puede ayudar a ambos al mismo tiempo. Debemos ayudarles por igual.

La última objeción se basa en que nadie tiene realmente derechos, ya sea humano u otro animal, sino que lo bueno y lo malo son cuestiones que se juzgan a partir de lo que produzca las mejores consecuencias, teniendo en cuenta los intereses de cada implicado y considerando de manera igual intereses iguales. Esa filosofía moral -utilitarismo-, que cuenta con una larga y venerable historia, y a muchos influyentes hombres y mujeres entre sus adeptos, es un fraude moral y ya no es una postura sostenible, si es que alguna vez lo fue.

¿Es verdaderamente serio tener en consideración el interés de un violador en violar a su víctima antes de declarar la violación como inmoral? ¿Debemos tener en cuenta lo que supone para un pederasta el frustrar sus intenciones antes de condenar moralmente sus actos?; Asombrosamente, un utilitarismo coherente exige que sí los tengamos en cuenta, y de ese modo es rechazado por nuestra exigencia de racionalidad.

Respecto de la filosofía de los Derechos Animales: ¿sería ésta racional, imparcial, basada en la ciencia, a favor de la paz, y en contra de la injusticia? Para todas estas cuestiones la respuesta sería incondicionalmente afirmativa.

En cuanto a las objeciones que se esgrimen en contra de esta filosofía, sobre si aquellos que la defienden son capaces de ofrecer respuestas racionales y bien informadas, de nuevo la respuesta es sí. En una batalla de ideas, la filosofía de los Derechos Animales vence y sus críticos pierden. Así es como será reconocida, mientras emerge victoriosa en el actual debate entre lo es que justo y lo que no lo es."


Traducido por Luis Tovar.

Fuente: filosofiavegana.blogspot.com - La cuestión de los Derechos Animales
Fuente original: veganireland.vegaplanet.org - A case for Animal Rights



NOTAS Y REFERENCIAS

RespuestasVeganas.Org: La publicación de este artículo en RespuestasVeganas.Org no implica necesariamente que se compartan todas y cada una de las cuestiones expresadas en el mismo; sin embargo, consideramos interesante su publicación por la aportación que puede hacer a la causa del movimiento abolicionista.


Reseña del libro "The Case for Animal Rights" de Tom Regan (Óscar Horta)

Reseña de Óscar Horta sobre el libro The Case for Animal Rights, University of California Press, Los Angeles, 1983.


Junto a Singer, el filósofo moral que posiblemente haya alcanzado mayor renombre de entre quienes han explorado el tema del especismo ha sido Tom Regan. Este autor ha dedicado varios trabajos al tema, pero sin lugar a dudas su obra central es The Case for Animal Rights, obra todavía no traducida al castellano cuyo título viene a significar La causa de los derechos animales (otras traducciones podrían ser igualmente válidas, siempre que recojan el sentido que el término “case” tiene aquí como “defensa argumentada” o “argumentos a favor”). Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en el caso de Singer, no muchos de aquellos que conocen o han oído hablar de Regan han leído en realidad su obra. Ello tiene una razón muy comprensible: el libro que nos ocupa, lejos de ser un trabajo de divulgación, es un texto filosófico bastante denso. En realidad, la tarea que emprende Regan es distinta de la asumida por Singer. No procede, como el australiano, simplemente aplicando a un problema concreto (la discriminación de los animales no humanos) unos patrones teóricos generales tomados de una teoría ya desarrollada (para Singer, el utilitarismo de las preferencias) y exponiendo los resultados sin ahondar en detalles argumentativos. Regan toma un camino muy diferente. Emprende la labor, ciertamente más ambiciosa, de construir una teoría propia que dé cuenta de nuestras obligaciones morales (aunque, evidentemente, tomará distintos elementos e ideas de otras propuestas teóricas ya formuladas con anterioridad). Su idea es que una vez que hayamos asumido la validez general de esta teoría, habremos de comprobar qué es lo que esta nos dice cuando nos preguntamos si la discriminación de los animales no humanos se encuentra justificada. En ese momento, tendremos que concluir cuáles son las repercusiones prácticas que de ello se derivan.

Si bien tal es el esquema general conforme al que cabe entender la propuesta de Regan, su exposición en la obra va a seguir un orden distinto. En los tres primeros capítulos (“Consciencia animal”, “La complejidad de la consciencia animal” y “Bienestar animal”)[1] va a defender Regan que los animales no humanos son seres con la capacidad de poseer experiencias positivas y negativas. Así, rebatirá, entre otras ideas, la afirmación de que no son seres conscientes por no poseer un lenguaje.

En los tres siguientes capítulos (de título “Reflexión y teoría ética”, “Las perspectivas centradas en los deberes indirectos” y “Las perspectivas centradas en los deberes directos”)[2] va Regan a dar cuenta de una serie de requisitos que en su opinión ha de satisfacer una teoría ética. Rechaza Regan en particular dos tipos de posiciones. En primer lugar, considera inaceptables aquellas que mantienen que los deberes que tenemos hacia los animales no humanos son de tipo indirecto. Estos enfoques se basan en dos supuestos: a) la idea de que los animales no humanos no son moralmente considerables, esto es, de que el hecho de que puedan verse dañados o beneficiados por nuestras acciones no debería en sí mismo importarnos en absoluto; y b) la idea de que, no obstante, no debemos tratarlos cruelmente porque con ello estaríamos obrando inadecuadamente hacia otros humanos (bien porque a estos les desagradaría tal actitud, bien porque con ello estaríamos desarrollando un carácter cruel que posibilitaría futuras conductas igualmente crueles hacia los humanos). Regan denunciará correctamente como incoherente e inaceptable tal posición (que se ve reforzada cuando se basa la defensa de los animales no en los intereses de estos, sino en el argumento que quienes son violentos con los animales no humanos pueden luego agredir a otros humanos). Si podemos establecer un paralelismo entre el daño causado a los animales no humanos y el causado a los humanos entonces resulta arbitrario suponer que sólo tenemos deberes directos hacia los humanos. Por lo tanto, no deben denunciarse las agresiones a los animales no humanos porque puedan dañar indirectamente a los humanos, sino por el propio daño que les ocasionan a ellos.

La otra posición a la que se opone Regan es la defendida por el utilitarismo. Este busca la maximización del bien general, un fin para cuya consecución acepta, si ello resultase necesario, el sacrificio de los intereses particulares que un individuo pueda tener. Regan considerará esto inadmisible. Defenderá este autor la existencia de derechos morales que protegen a sus posesores incluso aunque los demás se vean perjudicados por ello. (Por su parte, los utilitaristas acusarán a su vez a teóricos como Regan de permitir que, con el fin de salvaguardar los intereses de un individuo concreto se sacrifiquen los de una gran mayoría.) Se trata, en realidad, de la clásica discusión entre éticas consecuencialistas (que sitúan la corrección moral de una acción en función de las consecuencias que se derivan de ellas) y éticas del deber o deontológicas (que dictan que la corrección o incorrección de la acción está en si esta se adecúa a un deber –por ejemplo, el de respetar un determinado derecho–).

La exposición de la teoría alternativa que propondrá Regan tendrá lugar en los dos siguientes capítulos “Justicia e igualdad” y “La perspectiva de los derechos”. El modo en que procederá Regan para construir su teoría es el siguiente. Partirá de la idea de que tenemos unas ciertas convicciones previas sobre qué es correcto o incorrecto. Y propondrá Regan una serie de postulados que, en su opinión, deberemos aceptar como principios básicos por su superioridad frente a los de otras alternativas posibles para adecuarse a tales convicciones preliminares.

La teoría que formula y defiende Regan será lo que se denomina una teoría de los derechos prima facie. Este tipo de teorías son aquellas que sostienen que un derecho en principio no puede ser nunca vulnerado, a no ser que se dé una situación de conflicto entre el respeto que distintos derechos merecen, en la que respetar los derechos de alguien implica forzosamente vulnerar los de otro sujeto. (En tales casos de conflicto para Regan es preciso decantarse siempre por llegar a la solución que salvaguarde un derecho de más importancia; o, si la relevancia de todos los derechos implicados es la misma, la que salvaguarde el mayor número de derechos).

Afirma Regan que poseen derechos todos aquellos seres dotados de lo que denomina “valor inherente” (inherent value). E indica que lo que posibilita que posean tal valor será el hecho de que son lo que llama “sujetos de una vida” (subjects-of-a-life). Con tal término no se refiere Regan al mero hecho de estar vivo,[3] sino al de tener la posibilidad de poseer experiencias que hacen que la vida nos vaya mejor o peor –es lo que Regan llama la posesión de un “bien experiencial” (experiential welfare)–.[4] Una planta y un animal en estado de coma irreversible son seres vivos, pero no están conscientes; carecen de la capacidad de tener experiencias positivas y negativas, que es lo necesario para tener derechos. En relación a esto cita Regan una serie de requisitos que considera necesarios para ser un “sujeto de una vida”, entre los que incluye el hecho de poseer deseos, percepción, memoria, un sentido del futuro, una identidad psicofísica, una vida emocional ligada a sensaciones placenteras o de sufrimiento... [5]

Una crítica habitual a este respecto, común entre los defensores del especismo, consiste en indicar que sólo quienes puedan poseer deberes podrán disfrutar de derechos. La respuesta a tal objeción es que las capacidades necesarias para la posesión de derechos no coinciden con las que son necesarias para el reconocimiento y respeto de tales derechos. De acuerdo con esto distingue Regan entre agentes morales (los sujetos que pueden asumir responsabilidades) y pacientes morales (quienes no tienen la capacidad de hacerlo pero son, sin embargo, “sujetos de una vida”). Dado que tanto agentes como pacientes comparten las condiciones necesarias para la posesión de “valor inherente”, dirá Regan, estará fuera de lugar afimar que no puedan poseer derechos por igual.

Las consecuencias de todo esto se exponen en el último capítulo del libro, “Implicaciones de la perspectiva de los derechos”.[6] En este se muestra que de la argumentación anterior se infiere que el uso de animales resulta injustificable. Prácticas como su uso para la experimentación o la caza resultan así censuradas, y el vegetarianismo pasa a ser una obligación moral.

Además de las críticas de utilitaristas y otros consecuencialistas, la obra de Regan ha sido el blanco de otras objeciones de distinto corte. Se ha indicado que la idea de “valor inherente” viene a ser un mero recurso concebido por Regan que carece de un fundamento real constatable, lo que por extensión afectaría al resto de su teoría. Asimismo, se ha criticado por muchos de quienes se oponen a la discriminación o uso de los animales que los requisitos que Regan propone para ser “sujeto de una vida” son excesivamente estrictos. Parece que lo único necesario a tales efectos tendría que ser la posesión de experiencias positivas y negativas, independientemente de la posibilidad de tener, por ejemplo, memoria o un sentido del futuro. De hecho, Regan indica que su criterio sería cubierto, por lo menos, por los mamíferos de más de un año. Y Regan no niega que otros animales puedan también ser “sujetos de una vida”, pero parece que, al limitarse a aquellos a quienes se refiere, lo asume implícitamente, a pesar de que los argumentos fisiológicos, evolutivos y de conducta para afirmar la capacidad de sufrir y disfrutar es compartida por todos los vertebrados y un gran número de invertebrados. Esto será muy criticado por todos aquellos que planteen la necesidad de tener en cuenta a todos los animales sobre cuya capacidad de tener experiencias podemos tener algún [... falta texto...] Finalmente, se cuestionará el hecho de que su teoría favorece a los humanos sobre otros animales. El motivo es que Regan considerará que a pesar de que humanos y no humanos poseerán un derecho a la vida el de los humanos resultaría prioritario por el hecho de que la vida de estos, cree Regan, tiene mayor riqueza. La inconsistencia de su posición aquí es muy notable: si se acepta tal idea se ha de aceptar forzosamente, por pura lógica del argumento, que también el derecho a la vida de los humanos varía (de forma que será mayor el valor de la vida de aquellos humanos con más años de vida por delante o mayor capacidad para disfrutar esta). Sin embargo Regan no asume que el derecho a la vida de los humanos varíe por tales motivos. Tales posiciones son contradictorias: si la consideración por la vida puede variar en función de su riqueza ello tendrá que aplicarse tanto para no humanos como para humanos, si no es así no podrá aludirse a ello para discriminar a los animales no humanos. Lo contrario implica evidentemente asumir una posición especista.

Otras obras de Tom Regan relacionadas con el tema:

- All That Dwell Therein. Essays on Animal Rights and Environmental Ethics, University of California Press, Berkeley, 1982.
- The Struggle for Animal Rights, International Society for Animal Rights, Clarks Summit, 1987.
- Defending Animal Rights, University of Illinois Press, Chicago, 2001.
- Empty Cages: Facing the Challenge of Animal Rights, Rowman & Littlefield Publishers, Inc., Lanham, 2004.

Como coautor:

- Con Carl Cohen, The Animal Rights Debate, Rowman & Littlefield, Lanham, 2001

Como editor o coeditor:

- Animal Sacrifices: Religious Perspectives on the Use of Animals in Science, Temple University Press, Philadelphia, 1986.
- (Con Peter Singer) Animal Rights and Human Obligations, Prentice Halls, Englewood Cliffs, New Jersey, 1989.


Fuente: animanaturalis.org - Reseña del libro de Tom Regan (I)
Fuente: animanaturalis.org - Reseña del libro de Tom Regan (II)



NOTAS

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REFERENCIAS

[1] “Animal Awareness”, “The Complexity of Animal Awareness”, “Animal Welfare”.
[2] “Ethical Thinking and Theory”, “Indirect Duty Views”, “Direct Duty Views”.
[3] The Case for Animal Rights, p. 262.
[4] Ibid., p. 244-245.
[5] Ibid., p. 243.
[6] “Implications of the Right View”.


Ganancias mal adquiridas (Tom Regan, 1991)

Tom Regan es profesor de filosofía en la Universidad del Estado de Carolina del Norte, y presidente de la Culture and Animals Foundation. Su libro más conocido, "The Case for Animal Rights", presenta una detallada argumentación filosófica a favor del reconocimiento de los derechos básicos de todos los seres que son “sujetos de una vida”, es decir, capaces de experimentar la vida de una manera individual y a los que la vida puede irles bien o mal. En el ensayo que sigue, Regan considera, y rechaza, varias posibles razones para trazar una barrera moral rigurosa entre los seres humanos y los demás grandes simios. Una versión anterior del mismo apareció con el mismo título en "Health Care Ethics", libro editado bajo la dirección de Donald Van De Veer y Tom Regan, y publicado por Temple University Press, Filadelfia, en 1987; volvió a reimprimirse en 1991 en la obra de Tom Regan "The Thee Generation: Reflections on the Coming Revolution", aparecida asimismo en Temple University Press. Lo incluímos aquí, en forma revisada y abreviada, con permiso de la mencionada editorial.

Este texto también está incluido en el libro El proyecto Gran Simio: la igualdad más allá de la humanidad / coordinado por Peter Singer, Paola Cavalieri, 1998, ISBN 84-8164-196-0 , pags. 243-256

Nota: La publicación de este artículo en RespuestasVeganas.Org no implica necesariamente que compartamos todas y cada una de las cuestiones expresadas por el mismo; sin embargo, consideramos interesante su publicación por la aportación que puede hacer a la causa del movimiento por los Derechos Animales (derecho a la salud y a la vida).



A finales de 1981, una periodista de un diario de una gran metrópoli (la llamaremos Karen para proteger su interés en conservar el anonimato) consiguió acceder a unos archivos del gobierno que previamente habían sido considerados material clasificado. Sirviéndose de la Ley de Libertad de Información, Karen indagaba la financiación por parte del gobierno federal de los Estados Unidos de las investigaciones sobre los efectos, a corto y largo plazo, de la exposición a los residuos radioactivos. Con la comprensible sorpresa descubrió, entre los documentos que examinaba, los informes relativos a una serie de experimentos que implicaban la inducción y el tratamiento de trombosis coronarias (ataques al corazón). De no haber sido porque Karen tropezó con estos informes, lo más probable es que esos experimentos, llevados a cabo a lo largo de un período de quince años por un renombrado especialista en cardiología (vamos a llamarle Dr. Ventrículo) con ayuda de fondos federales, habrían permanecido ignorados fuera del círculo de poder e influencia del Dr. Ventrículo.

La sorpresa de Karen pronto se convirtió en trauma e incredulidad. Leyó cómo, caso tras caso, Ventrículo y sus compinches tomaban individuos que por lo demás gozaban de buena salud y que no habían sufrido previamente ninguna enfermedad del corazón y les causaban intencionadamente un fallo cardíaco. Los métodos utilizados para provocar el “ataque” constituían toda una lista de la compra de técnicas experimentales, desde las dosis masivas de estimulantes (la adrenalina era el favorito) hasta el daño eléctrico de la arteria coronaria que, al quedar debilitada, producía la deseada trombosis. Los miembros del equipo de Ventrículo se pusieron entonces manos a la obra para probar la eficacia de diversas drogas desarrolladas con la esperanza de que contribuirían a soportar un segundo “ataque”. La dosificación variaba, y se establecieron los acostumbrados grupos de control. La administración de una cierta dosis de determinados fármacos a los “pacientes” resultaba más eficaz en algunos casos que la no administración de medicación o que la aplicación de cantidades menores de las mismas drogas en otros casos. La investigación se detuvo de forma repentina en el otoño de 1981, pero no porque se juzgase que el proyecto era poco prometedor o porque alguien protestase con indignación sobre la ética de estos experimentos. Al igual que otras muchas cosas en el mundo de aquellos años, el proyecto de Ventrículo cayó víctima de la austeridad económica. Sencillamente, no había dinero federal suficiente para atender a la renovación del presupuesto.

Habría que renunciar a todos los instintos del periodista para dejar así el tema. Karen perseveró y, con falsos pretextos, consiguió entrevistar a Ventrículo. Cuando reveló que había tenido acceso al archivo, que conocía en detalle las investigaciones, en gran parte estériles, que se habían prolongado durante quince años, y que la labor de Ventrículo la llenaba de indignación, éste quedó mudo. Pero no por el hecho de que Karen hubiera desenterrado aquel archivo. Ni siquiera porque estaba archivado donde no debía (un “error funcionarial” aseveró el cardiólogo). Lo que le sorprendía a Ventrículo era que alguien pudiera pensar que suscitaba una grave cuestión ética lo que él había hecho. Entre las notas que Karen tomó de su conversación con él, se encuentran los párrafos siguientes:

V: No sé a dónde quiere usted ir a parar. Sin duda sabe usted que las enfermedades del corazón son la primera causa de mortalidad. ¿Cómo puede plantear ningún problema ético el desarrollo de drogas que literalmente prometen salvar vidas?

K: Hay gente que estaría de acuerdo en que el objetivo –salvar vidas- es una finalidad buena y noble, y que sin embargo cuestionaría los medios que se utilizan para alcanzarlo. Estaban sanos hasta que usted les puso las manos encima.

V: Pero es que el progreso médico sencillamente no es posible si esperamos a que enfermen para ver qué medicación sirve de ayuda. Hay demasiadas variables, demasiadas cosas más allá de nuestro control y comprensión, si queremos realizar nuestras investigaciones médicas en un contexto clínico. La historia de la medicina demuestra lo inútil de ese enfoque.

K: Y también he leído, que al terminar el experimento, suponiendo que el “paciente” no haya muerto en él, los que sobrevivían eran por lo visto “sacrificados”. ¿Quiere usted decir que los mataban?

V: Sí, así es. Pero siempre sin causarles dolor, siempre sin dolor. Y el cuerpo se mandaba inmediatamente al laboratorio para realizar nuevas pruebas. No se desperdiciaba nada.

K: Y no le preocupaba a usted. Quiero decir: ¿no se preguntaba usted nunca si no estaba mal lo que hacía? Quiero decir que...

V: [Interrumpiéndola] Señorita, hace usted que parezca que soy una especie de monstruo moral. Trabajo por el bien de la humanidad y he conseguido un pequeño éxito, espero que lo acepte usted. Quienes ponen el grito en el cielo por lo que he estado haciendo lo hacen con buena intención, pero están equivocados. Después de todo, utilizaba animales en mis investigaciones –chimpancés para ser más preciso- y no seres humanos.

LA CUESTIÓN

La historia sobre Karel y el Dr. Ventrículo es solamente eso: una historia, una pequeña pieza literaria. No existen de verdad el Dr. Ventrículo ni Karen. Pero sí que existe un hábito muy extendido de utilizar animales vivos en la investigación científica, en la que se incluyen experimentos como los llevados a cabo por nuestro imaginario Dr. Ventrículo. De modo que esta historia, aunque sus detalles sean imaginarios –ya que se trata, dejémoslo claro, de una creación literaria y no del relato de unos hechos- es una historia en la que se suscita una cuestión. La mayoría de la gente que la lea se sentiría moralmente ofendida si realmente hubiera un Dr. Ventrículo que hiciera investigación coronaria como la descrita en seres humanos que estuvieran sanos. Pero serían muchos menos los que se plantearían un interrogante moral al informarles de investigaciones de este tipo realizadas con animales no humanos: chimpancés o lo que sea. La historia suscita una cuestión; o así l oespero, porque, al cogernos desprevenidos, nos hace patente esa diferencia, la vivifica en nuestra experiencia y, al hacerlo, revela algo sobre nosotros mismos, algo acerca de nuestra constelación de valores. Si pensamos que lo que Ventrículo hacía estaría mal si lo hiciese con seres humanos, pero está perfectamente bien si lo hace con chimpancés, entonces tenemos que creer que existen normas morales diferentes aplicables a la forma en que tratamos a unos y a otros: a los humanos y a los chimpancés. Pero el reconocimiento de esta diferencia, si es que la reconocemos, es solamente el principio, y no el final, de nuestra reflexión moral. Sólo podemos responder al desafío que supone pensar bien desde el punto de vista moral si somos capaces de mencionar una diferencia moralmente pertinente entre los seres humanos y los chimpancés, una diferencia que ilumine de una manera clara, coherente y racionalmente defendible por qué está mal utilizar a seres humanos en investigaciones como las del Dr. Ventrículo y no lo está si se utiliza chimpancés.

LA ESPECIE “CORRECTA”

Una diferencia evidente es que chimpancés y humanos pertenecen a especies distintas. Es una diferencia, no cabe duda. Pero ¿es una diferencia moralmente pertinente? Supongamos, a modo de argumentación, que una diferencia en la pertenencia a una especie es una diferencia que afecta a nuestro juicio moral. Si es así, y si A y B pertenecen a dos especies distintas, es perfectamente posible que matar a A, o dañarle de cualquier modo, esté mal, mientras que no lo está hacer las mismas cosas a B.

Vamos a someter a pruebas esta idea imaginando que el personaje de E.T., de Steven Spielberg, y algunos de sus amigos se presentan en la Tierra. Podemos decir lo que queramos sobre ellos, pero no podemos decir que sean miembros de la especie Homo Sapiens. Ahora bien, si una diferencia de especie fuese una diferencia moralmente pertinente (que afecta a nuestro juicio moral), estaríamos dispuestos a admitir que no es moralmente reprobable matar a E.T. ni a otros miembros de su especie biológica, ni causarles daño –por ejemplo practicando con ellos la caza deportiva-, mientras que sí lo es hacer lo mismo con miembros de nuestra especie, por el hecho de serlo. Pero no se permite la duplicidad de valores. Si el hecho de que ellos pertenezcan a otra especie hace que sea correcto que les matemos o les inflijamos daño, el hecho de que nosotros pertenezcamos a una especie distinta de la suya haría que dejase de estar mal que ellos nos mataran o nos dañaran. “Lo siento amigo –dirían los compatriotas de E.T. antes de apuntarnos o de provocar nuestra crisis cardiaca-, pero es que no perteneces a la especie correcta.” Por lo que a nosotros respecta, no podemos quejarnos ni poner ninguna objeción moral si la pertenencia a la especie, además de ser una diferencia biológica, tiene una decisiva importancia moral. Antes de que asintamos a esta idea, deberíamos considerar, en consecuencia, si, en caso de que nos viéramos ante otra poderosa especie de extraterrestres, consideraríamos razonable tratar de moverles mediante la fuerza de la argumentación moral y la persuasión. De ser así, rechazaremos la opinión de que las diferencias de especie, al igual que otras diferencias biológicas (v. Gr. La de raza o de sexo), constituyen una diferencia moralmente pertinente, del tipo de la que buscábamos aquí. Pero tendremos también que recordar que no se permite la doble moral: aun cuando los chimpancés y los humanos difieren efectivamente en cuanto a la especie a la que unos y otros pertenecen, esa diferencia no es por sí misma moralmente pertinente. Es decir: Ventrículo no podría defender su utilización para las investigaciones que realiza con chimpancés en lugar de realizarlas con seres humanos, basándose en que estos animales pertenecen a una especie distinta de la nuestra.

EL ALMA

Es evidente que hay mucha gente que cree que las diferencias teológicas separan a los humanos de los demás animales. Dios, dicen, nos ha dotado de un alma inmortal. La vida que vivimos en la tierra no es nuestra única vida. Más allá de la tumba hay una vida eterna: para unos, en el cielo, para otros, en el infierno. En cambio, los otros animales no tienen alman. En vista de lo cual tampoco tienen una vida después de la muerte. Ésa, podría aducirse, es la diferencia moralmente pertinente entre ellos y nosotros y por eso, cabría deducir, estaría moralmente mal utilizar a seres humanos en los experimentos de Ventrículo, mientras que no lo está el uso de chimpancés.

Vamos a limitar a tres puntos nuestra argumentación frente a esta postura. En primer lugar, la teología que (muy crudamente) hemos bosquejado no es la única a tener en cuenta para nuestro asentimiento informado. Hay otras teologías (sobre todo las de las regiones orientales y las de muchos pueblos nativos de América) que atribuyen a los animales un alma y una vida después de la muerte. Así, pues, antes de que podamos razonablemente servirnos de esta supuesta diferencia teológica entre los humanos y los demás animales como diferencia moralmente pertinente, habría que defender las convicciones teológicas propias frente a las de otras teologías competidoras. Explorar tales cuestiones es algo que sobrepasa el limitado alcance de este capítulo. Es suficiente, para nuestros fines, que tengamos en cuenta que hay mucho que explorar al respecto.

En segundo lugar, incluso si asumimos que los humanos tienen alma, mientras que otros animales carecen de ella, no existe ninguna conexión lógica evidente entre estos “hechos” y el veredicto según el cual estaría mal hacer con los humanos lo que no está mal hacer con los chimpancés. El tener (o no tener) alma constituye una obvia diferencia respecto a la posibilidad de que el alma de uno siga viviendo. Si los chimpancés carecen de alma, sus posibilidades son nulas. ¿Pero por qué eso hace que esté bien utilizarles, en esta vida, en los experimentos de Ventrículo? ¿Y por qué el hecho de que nosotros tengamos alma, suponiendo que la tengamos, hace que esté mal utilizarnos, en esta vida, a nosotros? Las preguntas que eluden quienes se apoyan en una supuesta “diferencia teológica” entre los humanos y otros animales como base para juzgar el modo en que puede tratarse a cada especie son muchas más que las que responden.

Tercero y último punto: convertir una teología determinada en patrón con el que se mida lo permisible, y en rigor lo que se apoya con fondos públicos en la sociedad occidental pluralista del siglo XX, es moralmente objetable per se; ofende, como mínimo, al sano principio moral, por no hablar del legal, de la separación de la Iglesia y el Estado. Aún cuando se hubiera demostrado –que no se ha demostrado- que es cierto que los seres humanos poseen un alma de la que los animales carecen, no debería utilizarse como arma para hacer con ella la política pública. En resúmen: no hallaremos la diferencia moral pertienente que estamos buscando si tratamos de encontrarla en el laberinto de las diferentes teologías alternativas.

“Los seres humanos pueden dar o no dar su consentimiento informado; los animales, no. Ésa es la diferencia moral pertinente.” Este argumento es con certeza erróneo en un aspecto y lo es también posiblemente en otro. Ciñéndonos en primer lugar al segundo punto, constantemente aumenta la evidencia relativa a las facultades intelectuales de los grandes simios. En gran parte, la atención pública se ha centrado en los informes de estudios relativos a la supuesta capacidad lingüística de estos animales cuando se les enseñan lenguales tales como el ASL, el Lenguaje de Signos Americano para sordos. Washoe, Lana, Nim Chimpski son chimpancés que han alcanzado celebridad internacional. Lo que estos animales pueden llegar a hacer y a enternder es una cuestión controvertida. ¿Tienen los primates la capacidad de entender y usar el lenguaje? Y en su caso, ¿tendrían la capacidad de dar o negar su consentimiento informado? En la actualidad no es posible ofrecer una respuesta definitiva a estas preguntas. Creo bastante probable que estos animales posean la capacidad necesaria. Pero también es posible que no sea así. No resulta fácil hacer alarde de una postura doctrinaria a este respecto.

Dejando de un lado las cuestiones relativas a la capacidad de los chimpancés para dar su consentimiento informado, es obvio, sin embargo, que no es ésta la diferencia moral pertinente que andamos buscando. Supongamos que, además de utilizar chimpancés, Ventrículo utilizase también a algunos seres humanos, pero sólo a personas mentalmente incapaces: personas que, aun cuando tengan preferencias discernibles, son demasiado jóvenes o demasiado viejas, están demasiado débiles o se encuentran demasiado confusas, para dar o negar el consentimiento informado fuese la diferencia moralmente pertinente que buscamos, estaríamos dispuestos a decir que no sería moralmente rechazable que Ventrículo hiciese sus experimentos coronarios con estos seres humanos, mientras que sí lo sería que lo hiciese con seres humanos capaces, es decir, con quienes, en otras palabras, pueden dar o negar su consentimiento informado.

Pero, aun cuando la propia disposición a consentir que alguien le haga algo a uno pueda ser, y con frecuencia lo es, una buena razón para absolver a la otra persona de responsabilidad moral, la incapacidad propia para dar o negar el consentimiento informado se sitúa en un plano moral totalmente distinto. Cuando los colegas de Walter Reed dieron su consentimiento informado para participar en los experimentos sobre la fiebre amarilla, quienes los expusieron a la picadura, potencialmente fatal, del parásito de la fiebre que portan los mosquitos, quedaron absueltos de toda responsabilidad moral por los riegos que los voluntarios habían decidido correr. Y convengamos en que quienes decidieron correr esos riesgos actuaron por encima de la llamada normal del deber. Su actuación es lo que los filósofos llaman un acto supererogatorio. Porque hicieron más de lo que la estricta obligación requiere, con la esperanza y la intención de beneficiar a otros, estos pioneros merecen nuestra estima y nuestro aplauso.

Pero el caso de los humanos incapaces es radicalmente distinto. Dado que estos seres (v. Gr. Los niños pequeños y las personas con minusvalías mentales) carecen de la capacidad mental que se requiere, en primer lugar, para tener siguiera obligaciones, es absurdo pensar que puedan actuar supererogatoriamente. No pueden actuar “más allá de la llamada” del deber cuando, como ocurre en su caso, no pueden, para empezar, entender “esa llamada”. Pero aun cuando no puedan prestarse voluntariamente, del modo en que puedan hacerlo los seres humanos mentalmente capaces, pueden ser forzados u obligados a algo en contra de su voluntad, o contrario a sus preferencias conocidas. Hay veces, no cabe duda, en que la intervención coercitiva en su vida está por encima de todo reproche moral, o de hecho es moralmente exigible, como cuando, por ejemplo, obligamos a un niño pequeño a someterse a una punción de la médula espinal para comprobar si sufre meningitis. Pero el espectro de los casos en los que nos está moralmente permitido, o estamos moralmente obligados, a ejercer la fuerza o la coerción sobre humanos incapaces, con el fin de conseguir determinados fines, no es muy amplio en todo caso. Comprende en primer lugar aquellos casos en los que, con motivo justificado, actuamos con la intención de favorecer los intereses de esos seres humanos. Y esto no implica licencia alguna, ni cheque en blanco, para forzar u obligar a humanos incapaces a correr el riesgo de un daño grave para que otros, quizá, puedan beneficiarse, al poderse establecer o disminuir los riesgos que estos últimos corren. Tratar los trastornos cardíacos que se den de manera natural en un ser humano incapaz es un imperativo moral, y todo cuanto podamos aprender como consecuencia de ese tratamiento y que sea beneficioso para otros no tiene nada de malo. Sin embargo, provocar intencionadamente un ataque al corazón de un ser humano incapaz, basándose en la posibilidad de que ello pueda beneficiar a otros, está fuera de todo límite. Los humanos incapaces no existen como “recursos médicos” para el resto de nosotros. Moralmente, las investigaciones de Ventrículo deberían condenarse si se practicasen con seres humanos incapaces, sean cuales fueren los beneficios que puedan derivarse para otros. Por mucho y muy real que fuese lo que pudiéramos ganar, serían ganacias mal adquiridas.

Lo que es cierto de los humanos incapaces (esos seres humanos, repitámoslo, que aunque han conocido lo que prefieren, no pueden dar ni negar su consentimiento) lo es asimismo de los chimpancés (y de otros animales como ellos en los aspectos pertinentes, suponiendo, como aquí suponemos que no puedan dar o negar su consentimiento informado). Exactamente igual que en el caso de los humanos mencionados, también en el de estos animales nos está permitido moralmente, y a veces se nos exige, actuar de forma tal que les obliga a correr un riesgo de daño grave, en contra de sus preferencias conocidas, como cuando, por ejemplo, los sometemos a cirugía exploratoria dolorosa. Pero el ámbito de los casos en los que está justificado que utilicemos la fuerza o la coerción sobre ellos está moralmente circunscrito. Primordialmente se trata de promover sus intereses individuales, ya que percibimos qué es lo que va en su interés. Pero no es lícito promover a su costa los intereses colectivos de otros, incluidos los seres humanos. Los chimpancés no son nuestros catadores reales, ni nosotros somos sus reyes. Tratarlos de modo que les hagamos correr un riesgo de daño importante con la posibilidad de aprender nosotros algo útil, algo que pueda beneficiar a otros (¡incluidos a otros chimpancés!), algo que simplemente aumentaría nuestra comprensión de la enfermedad, de su tratamiento o su prevención; obligarles a correr un riesgo importante por cualquiera de estas razones, o por todas ellas, es algo que hay que condenar moralmente.

Tratar de evitar esta conclusión en el caso de estos animales mientras que nos aferramos a una conclusión semejante en el caso de los humanos incapaces, resulta tan irracional como tratar de silbar sin usar la boca. Es algo que no puede hacerse. Con el mismo grado de certeza, cuando menos, que podemos afirmar que habría sido moralmente malo que Ventrículo utilizara a seres humanos incapaces en sus experimentos coronarios, podemos también afirmar que habría sido moralmente malo que utilizase chimpancés en su lugar, a pesar de la legalidad de la utilización de animales y de la ilegalidad de la utilización de seres humanos. No cabe duda de que aquí es la ley la que tiene que cambiar, y garantizar a los chimpancés la misma protección que ofrece a los humanos.

Filosóficamente hay un modo de comprobar que nuestras ganancias no han sido mal adquiridas. Requiere que consideremos que los individuos tienen una clase de valor que los distingue: un valor inherente, si queremos darle un nombre. Hay quienes le dan otros nombres, tales como el de valía o dignidad del individuo. Este tipo de valor no es el mismo que atribuimos al hecho de ser felices o de poseer determinadas destrezas. Una persona desdichada no tiene un valor inherente menor (ni menos valía o dignidad) que una persona feliz o afortunada. Es más: el valor inherente al individuo no depende de lo útil que otros le encuentren, ni del aprecio que sientan por él otras personas. Un príncipe y un mendigo, una prostituta y una monja, los que son amados y los que son abandonados, el genio y el niño con discapacidad mental, el artista y el filisteo, el más generoso de los filántropos y el usurero más falto de escrúpulos, todos ellos tienen un valor intrínseco según la filosofía que aquí recomendamos, y todos lo tienen por igual.

Ver de este modo el valor del individuo no es ninguna abstracción vacía. Ante la pregunta “¿qué diferencia supone que consideremos que los individuos tienen un igual valor inherente?” nuestra respuesta será: “¡Toda la diferencia moral del mundo!”. Moralmente estamos obligados siempre a tratar a quienes tienen un valor inherente de forma tal que muestre el debido respeto por esa clase de valor que poseen y que los distingue. Aun cuando no podamos en esta ocasión articular ni defender toda la variedad de obligaciones ligadas a este deber fundamental, podemos observare que no mostramos el debido respeto por quienes tienen dicho valor, en todos aquellos casos en que los tratemos como meros receptáculos de valor, o como si su valor dependiera de su posible utilidad en relación con los intereses de otros, o pudiera reducirse a la misma. Así, pues, en concreto: Ventrículo no estaría actuando como el deber exige –en otras palabras, estaría haciendo algo moralmente malo- si llevase a cabo sus investigaciones coronarias con seres humanos incapaces, sin su consentimiento informado, basándose en que estas investigaciones podrían conducir al desarrollo de fármacos o de técnicas quirúrgicas que beneficiarían a otros. Esto significaría tratar a esos seres humanos como recursos médicos para otros, y aun cuando Ventrículo pudiera hacer una cosa así y no ser castigado por ello, y aun cuando otros pudieran beneficiarse con los resultados, ello no cambiaría la índole del grave mal que habría cometido. Atribuir un valor intrínseco a los seres humanos nos proporciona, así, los suficientes recursos teóricos para fundamentar nuestra postura moral contra el uso de seres humanos capaces, en contra de su voluntad, en experimentos como los de Ventrículo.

¿QUIÉNES TIENEN VALOR INTRÍNSECO?

Si el valor intrínseco pudiera limitarse sin arbitrariedad a los seres humanos capaces, tendríamos que buscar en alguna parte para resolver las cuestiones éticas que implica el uso de otros individuos (por ejemplo de chimpancés) en la investigación médica. Pero el valor intrínseco sólo puede limitarse a los seres humanos capaces recurriendo a una maniobra arbitraria de uno u otro tipo. Una vez que reconocemos que la moralidad sencillamente no tolera la duplicidad de normas, no podemos, salvo arbitrariedad, negar el valor intrínseco, en grado igual, a los seres humanos incapaces y a otros animales tales como los chimpancés. Todos ellos, en suma, poseen este valor, y lo poseen por igual. Considerándolo todo, ésta es la parte esencial de la visión total más adecuada de la moralidad. Moralmente, nadie que posea valor intrínseco puede ser utilizado en experimentos del estilo de los de Ventrículo (experimentos que les hacen correr el riesgo de un daño importante en nombre de los beneficios que se obtendrán para otros, tanto si esos beneficios llegan a ser realidad como si no). A ninguno de estos seres podrá utilizársele en semejantes investigaciones, porque hacerlo significa tratarle como si su valor pudiera reducirse a la posible utilidad relativa a los intereses de otros.

CAUSAR DOLOR Y CAUSAR DAÑO

La prohibición de los experimentos como los de Ventrículo, cuando se realizan con animales como los chimpancés, no puede soslayarse mediante el uso de anestésicos o de otros paliativos para eliminar o reducir el sufrimiento. Siendo igual todo lo demás, causar sufrimiento a un animal es dañarle. Es decir, significa disminuir el bienestar del animal. Pero estos dos conceptos –el de dañar por un lado y el de sufrir por otro- difieren en sentidos importantes. Puede reducirse el bienestar de un individuo con independencia de que se le haga sufrir o no, como cuando, por ejemplo, se reduce a una mujer joven a “vegetal” administrándole sin dolor, mientras duerme, drogas que la van debilitando. Nos estaremos andando con rodeos si negamos que le hemos causado un daño aun cuando no haya sufrido. De modo más general, los daños, entendidos como reducción del bienestar de un individuo, pueden tomar la forma de castigos (los grandes sufrimientos físicos constituyen el ejemplo más claro de daño de este tipo) o de privaciones (la pérdida prolongada de libertad física es un claro ejemplo de un daño de esta clase). En otras palabras: no todos los daños duelen, del mismo modo que no todos los dolores dañan.

Vista sobre el fondo de estas ideas, una muerte prematura se considera el mayor daño que puede acontecerles a los seres humanos y a los animales como los chimpancés, y constituye el mayor mal para ambos porque es para ellos una privación o pérdida definitiva: la pérdida de la vida misma. Por muy “humanos” (cruel forma de usar la palabra) que sean los medios para matar a los chimpancés, ello no eliminará el daño definitivo que la muerte supone para estos animales. Es cierto que el uso de anestésicos y de otras medidas “humanitarias” hace algo más leve el mal que se les hace cuando se los “sacrifica” en experimentos del estilo de los de Ventrículo. Pero un mal menos no es un bien. Realizar investigaciones que culminan en el “sacrificio” de chimpancés o que hacen correr a éstos, o a otros animales similares, el riesgo de perder la vida, con la esperanza de que podamos aprender algo que beneficie a otros, es algo que debe condenarse moralmente, por muy “humanas” que esas investigaciones puedan ser a otros respectos.

EL CRITERIO DEL VALOR INTRÍNSECO

Falta por preguntarnos, antes de concluir, qué es lo que sirve de base a la posesión del valor intrínseco. Hay quienes se inclinan por la idea de que la vida misma es un valor intrínseco. Esta opinión autorizaría que se atribuya valor intrínseco a los chimpancés, por ejemplo, y podría en consecuencia hallar favor entre algunas personas que se oponen al uso de estos animales como medios para un fin. Pero también autorizaría a que se atribuya valor intrínseco a todo cuanto vive, con la inclusión, por ejemplo, de las malas hierbas, los piojos, las bacterias y las células cancerosas. Resulta demasiado poco claro, por decirlo de la manera más suave posible, que tengamos la obligación de tratar a estas cosas con respeto o que pueda darse un claro sentido a la idea de hacerlo.

Resulta mucho más plausible el punto de vista de que los individuos que tienen un valor intrínseco son los sujetos de una vida, esto es, los sujetos que experimentan una vida en cuyo transcurso les va mejor o peor; los que tienen una vivencia individual de su bienestar, con independencia, como es lógico, de la utilidad que puedan tener en relación con los intereses o el bienestar de otros seres. Los humanos capaces son sujetos de su vida en este sentido. Pero también lo son esos otros humanos incapaces de los que nos hemos ocupado ya. Y otro tanto ocurre con otros muchos animales: los gatos y los perros, los cerdos y las ovejas, los delfines y los lobos, los caballos y las vacas, y –de la manera más conspicua- los chimpancés y otros grandes simios no humanos. No cabe duda de que es discutible dónde deba trazarse la línea que separa a los animales que son sujetos de una vida y a los que no lo son. Sin embargo, existen abundantes razones para creer que los miembros de las especies de mamíferos poseen una identidad psicológica que perdura en el tiempo, tienen una experiencia vivencial de la vida y disfrutan de un bienestar individual. El sentido común está de parte de que se vea a estos animales de esta manera, y el lenguaje ordinario no tiene que forzarse para referirse a ellos como individuos que experimentan bienestar. Además, el comportamiento de estos animales es coherente con la consideración de sujetos de una vida que les reconocemos, y la teoría de la evolución implica que hay muchas especies cuyos miembros, como los miembros de la especie Homo sapiens, son sujetos que experimentan una vida propia y que gozan de un bienestar individual. En vista de lo cual, tenemos razones muy poderosas para creer, aunque nos falte la prueba concluyente, que estos animales cumplen el criterio de ser sujetos de una vida.

Así pues, si aquellos seres que cumplen este criterio tienen un valor intrínseco, y lo tienen por igual, los chimpancés y otros animales que son sujetos de una vida, y no sólo los seres humanos, tienen este valor, y lo tienen en medida ni mayor ni menor que nosotros. Por añadidura, si, como se ha afirmado, el hecho de poseer un valor intrínseco impide moralmente a otros tratar a quienes lo tienen como meros recursos para otros, hay una condena moral que pesa sobre toda la investigación médica como la de Ventrículo, realizada con estos animales en nombre de un posible beneficio para otros. Y no son condenables únicamente aquellos casos en los que los beneficios para otros no se materializan, sino también los casos, si los hubiere, en que exista un auténtico beneficio ajeno. En estos casos, como en otros, el fín no justifica los medios.

Este reconocimiento de la igualdad moral de los humanos, los chimpancés y otros animales que son sujetos de una vida no es algo en relación con lo cual pueda hacerse oídos sordos a las llamadas a favor de una reforma legal. El concepto mismo de justicia legal, tal como se aplica en el trato de los asuntos humanos, surge de la aceptación de la valía, la dignidad o, como preferimos decir aquí, el valor inherente al individuo. Es decir, que los seres humanos concretos, si son tratados con justicia por parte de las leyes y de los tribunales, deben serlo con el respeto que merecen, no en función, por ejemplo, de sus logros, su talento o su riqueza; sino en razón, sencillamente, de la dignidadd o el valor que poseen como individuos que son. Dado que los chimpancés (y los demás grandes simios no humanos) tienen un derecho no menor a esa dignidad, nuestro sistema jurídico debe cambiar con el fin de tratar a estos animales con el respeto que merecen.

CONCLUSIÓN

Esta conclusión está probablemente reñida con el juicio que la mayoría de la gente se formaría sobre este tema. Si tuviéramos buenas razones para suponer que la verdad siempre coincide con lo que piensa la mayoría de la gente, tendríamos que ver con aprobación las investigaciones del estilo de las de Ventrículo, realizadas con animales como los chimpancés en nombre de los beneficios para otros. Pero no tenemos razón alguna para creer que la verdad pueda medirse de manera plausible por la opinión de la mayoría, y lo que sabemos de la historia de los prejuicios y del fanatismo habla, poderosa y penosamente, en contra de tal opinión. Sólo la fuerza acumulativa de la argumentación informada, honrada y rigurosa, puede decidir dónde está la verdad, o dónde es más probable que esté, cuando tenemos que estudiar una cuestión moral controvertida.

Quienes se oponen al uso de animales como los chimpancés en investigaciones del estilo de las de Ventrículo, y aceptan la mayor parte de los temas que se proponen aquí, lo hacen no porque piensen que todas esas investigaciones son una pérdida de tiempo y de dinero, ni porque piensen que nunca van a conducir a que otros puedan beneficiarse, sino porque ven en quienes realizan tales experimentos a “monstruos morales”, por decirlo con las palabras de Ventrículo. Quienes entre nosotros condenamos tales investigaciones lo hacemos porque no es posible realizarlas más que al gravoso precio moral de no mostrar el debido respeto por el valor intrínseco de los animales que se utilizan.


Fuente: DefensAnimal.org - Ganancias mal adquiridas