Reseña de Óscar Horta sobre el libro The Case for Animal Rights, University of California Press, Los Angeles, 1983.
Junto a Singer, el filósofo moral que posiblemente haya alcanzado mayor renombre de entre quienes han explorado el tema del especismo ha sido Tom Regan. Este autor ha dedicado varios trabajos al tema, pero sin lugar a dudas su obra central es The Case for Animal Rights, obra todavía no traducida al castellano cuyo título viene a significar La causa de los derechos animales (otras traducciones podrían ser igualmente válidas, siempre que recojan el sentido que el término “case” tiene aquí como “defensa argumentada” o “argumentos a favor”). Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en el caso de Singer, no muchos de aquellos que conocen o han oído hablar de Regan han leído en realidad su obra. Ello tiene una razón muy comprensible: el libro que nos ocupa, lejos de ser un trabajo de divulgación, es un texto filosófico bastante denso. En realidad, la tarea que emprende Regan es distinta de la asumida por Singer. No procede, como el australiano, simplemente aplicando a un problema concreto (la discriminación de los animales no humanos) unos patrones teóricos generales tomados de una teoría ya desarrollada (para Singer, el utilitarismo de las preferencias) y exponiendo los resultados sin ahondar en detalles argumentativos. Regan toma un camino muy diferente. Emprende la labor, ciertamente más ambiciosa, de construir una teoría propia que dé cuenta de nuestras obligaciones morales (aunque, evidentemente, tomará distintos elementos e ideas de otras propuestas teóricas ya formuladas con anterioridad). Su idea es que una vez que hayamos asumido la validez general de esta teoría, habremos de comprobar qué es lo que esta nos dice cuando nos preguntamos si la discriminación de los animales no humanos se encuentra justificada. En ese momento, tendremos que concluir cuáles son las repercusiones prácticas que de ello se derivan.
Si bien tal es el esquema general conforme al que cabe entender la propuesta de Regan, su exposición en la obra va a seguir un orden distinto. En los tres primeros capítulos (“Consciencia animal”, “La complejidad de la consciencia animal” y “Bienestar animal”)[1] va a defender Regan que los animales no humanos son seres con la capacidad de poseer experiencias positivas y negativas. Así, rebatirá, entre otras ideas, la afirmación de que no son seres conscientes por no poseer un lenguaje.
En los tres siguientes capítulos (de título “Reflexión y teoría ética”, “Las perspectivas centradas en los deberes indirectos” y “Las perspectivas centradas en los deberes directos”)[2] va Regan a dar cuenta de una serie de requisitos que en su opinión ha de satisfacer una teoría ética. Rechaza Regan en particular dos tipos de posiciones. En primer lugar, considera inaceptables aquellas que mantienen que los deberes que tenemos hacia los animales no humanos son de tipo indirecto. Estos enfoques se basan en dos supuestos: a) la idea de que los animales no humanos no son moralmente considerables, esto es, de que el hecho de que puedan verse dañados o beneficiados por nuestras acciones no debería en sí mismo importarnos en absoluto; y b) la idea de que, no obstante, no debemos tratarlos cruelmente porque con ello estaríamos obrando inadecuadamente hacia otros humanos (bien porque a estos les desagradaría tal actitud, bien porque con ello estaríamos desarrollando un carácter cruel que posibilitaría futuras conductas igualmente crueles hacia los humanos). Regan denunciará correctamente como incoherente e inaceptable tal posición (que se ve reforzada cuando se basa la defensa de los animales no en los intereses de estos, sino en el argumento que quienes son violentos con los animales no humanos pueden luego agredir a otros humanos). Si podemos establecer un paralelismo entre el daño causado a los animales no humanos y el causado a los humanos entonces resulta arbitrario suponer que sólo tenemos deberes directos hacia los humanos. Por lo tanto, no deben denunciarse las agresiones a los animales no humanos porque puedan dañar indirectamente a los humanos, sino por el propio daño que les ocasionan a ellos.
La otra posición a la que se opone Regan es la defendida por el utilitarismo. Este busca la maximización del bien general, un fin para cuya consecución acepta, si ello resultase necesario, el sacrificio de los intereses particulares que un individuo pueda tener. Regan considerará esto inadmisible. Defenderá este autor la existencia de derechos morales que protegen a sus posesores incluso aunque los demás se vean perjudicados por ello. (Por su parte, los utilitaristas acusarán a su vez a teóricos como Regan de permitir que, con el fin de salvaguardar los intereses de un individuo concreto se sacrifiquen los de una gran mayoría.) Se trata, en realidad, de la clásica discusión entre éticas consecuencialistas (que sitúan la corrección moral de una acción en función de las consecuencias que se derivan de ellas) y éticas del deber o deontológicas (que dictan que la corrección o incorrección de la acción está en si esta se adecúa a un deber –por ejemplo, el de respetar un determinado derecho–).
La exposición de la teoría alternativa que propondrá Regan tendrá lugar en los dos siguientes capítulos “Justicia e igualdad” y “La perspectiva de los derechos”. El modo en que procederá Regan para construir su teoría es el siguiente. Partirá de la idea de que tenemos unas ciertas convicciones previas sobre qué es correcto o incorrecto. Y propondrá Regan una serie de postulados que, en su opinión, deberemos aceptar como principios básicos por su superioridad frente a los de otras alternativas posibles para adecuarse a tales convicciones preliminares.
La teoría que formula y defiende Regan será lo que se denomina una teoría de los derechos prima facie. Este tipo de teorías son aquellas que sostienen que un derecho en principio no puede ser nunca vulnerado, a no ser que se dé una situación de conflicto entre el respeto que distintos derechos merecen, en la que respetar los derechos de alguien implica forzosamente vulnerar los de otro sujeto. (En tales casos de conflicto para Regan es preciso decantarse siempre por llegar a la solución que salvaguarde un derecho de más importancia; o, si la relevancia de todos los derechos implicados es la misma, la que salvaguarde el mayor número de derechos).
Afirma Regan que poseen derechos todos aquellos seres dotados de lo que denomina “valor inherente” (inherent value). E indica que lo que posibilita que posean tal valor será el hecho de que son lo que llama “sujetos de una vida” (subjects-of-a-life). Con tal término no se refiere Regan al mero hecho de estar vivo,[3] sino al de tener la posibilidad de poseer experiencias que hacen que la vida nos vaya mejor o peor –es lo que Regan llama la posesión de un “bien experiencial” (experiential welfare)–.[4] Una planta y un animal en estado de coma irreversible son seres vivos, pero no están conscientes; carecen de la capacidad de tener experiencias positivas y negativas, que es lo necesario para tener derechos. En relación a esto cita Regan una serie de requisitos que considera necesarios para ser un “sujeto de una vida”, entre los que incluye el hecho de poseer deseos, percepción, memoria, un sentido del futuro, una identidad psicofísica, una vida emocional ligada a sensaciones placenteras o de sufrimiento... [5]
Una crítica habitual a este respecto, común entre los defensores del especismo, consiste en indicar que sólo quienes puedan poseer deberes podrán disfrutar de derechos. La respuesta a tal objeción es que las capacidades necesarias para la posesión de derechos no coinciden con las que son necesarias para el reconocimiento y respeto de tales derechos. De acuerdo con esto distingue Regan entre agentes morales (los sujetos que pueden asumir responsabilidades) y pacientes morales (quienes no tienen la capacidad de hacerlo pero son, sin embargo, “sujetos de una vida”). Dado que tanto agentes como pacientes comparten las condiciones necesarias para la posesión de “valor inherente”, dirá Regan, estará fuera de lugar afimar que no puedan poseer derechos por igual.
Las consecuencias de todo esto se exponen en el último capítulo del libro, “Implicaciones de la perspectiva de los derechos”.[6] En este se muestra que de la argumentación anterior se infiere que el uso de animales resulta injustificable. Prácticas como su uso para la experimentación o la caza resultan así censuradas, y el vegetarianismo pasa a ser una obligación moral.
Además de las críticas de utilitaristas y otros consecuencialistas, la obra de Regan ha sido el blanco de otras objeciones de distinto corte. Se ha indicado que la idea de “valor inherente” viene a ser un mero recurso concebido por Regan que carece de un fundamento real constatable, lo que por extensión afectaría al resto de su teoría. Asimismo, se ha criticado por muchos de quienes se oponen a la discriminación o uso de los animales que los requisitos que Regan propone para ser “sujeto de una vida” son excesivamente estrictos. Parece que lo único necesario a tales efectos tendría que ser la posesión de experiencias positivas y negativas, independientemente de la posibilidad de tener, por ejemplo, memoria o un sentido del futuro. De hecho, Regan indica que su criterio sería cubierto, por lo menos, por los mamíferos de más de un año. Y Regan no niega que otros animales puedan también ser “sujetos de una vida”, pero parece que, al limitarse a aquellos a quienes se refiere, lo asume implícitamente, a pesar de que los argumentos fisiológicos, evolutivos y de conducta para afirmar la capacidad de sufrir y disfrutar es compartida por todos los vertebrados y un gran número de invertebrados. Esto será muy criticado por todos aquellos que planteen la necesidad de tener en cuenta a todos los animales sobre cuya capacidad de tener experiencias podemos tener algún [... falta texto...] Finalmente, se cuestionará el hecho de que su teoría favorece a los humanos sobre otros animales. El motivo es que Regan considerará que a pesar de que humanos y no humanos poseerán un derecho a la vida el de los humanos resultaría prioritario por el hecho de que la vida de estos, cree Regan, tiene mayor riqueza. La inconsistencia de su posición aquí es muy notable: si se acepta tal idea se ha de aceptar forzosamente, por pura lógica del argumento, que también el derecho a la vida de los humanos varía (de forma que será mayor el valor de la vida de aquellos humanos con más años de vida por delante o mayor capacidad para disfrutar esta). Sin embargo Regan no asume que el derecho a la vida de los humanos varíe por tales motivos. Tales posiciones son contradictorias: si la consideración por la vida puede variar en función de su riqueza ello tendrá que aplicarse tanto para no humanos como para humanos, si no es así no podrá aludirse a ello para discriminar a los animales no humanos. Lo contrario implica evidentemente asumir una posición especista.
Junto a Singer, el filósofo moral que posiblemente haya alcanzado mayor renombre de entre quienes han explorado el tema del especismo ha sido Tom Regan. Este autor ha dedicado varios trabajos al tema, pero sin lugar a dudas su obra central es The Case for Animal Rights, obra todavía no traducida al castellano cuyo título viene a significar La causa de los derechos animales (otras traducciones podrían ser igualmente válidas, siempre que recojan el sentido que el término “case” tiene aquí como “defensa argumentada” o “argumentos a favor”). Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en el caso de Singer, no muchos de aquellos que conocen o han oído hablar de Regan han leído en realidad su obra. Ello tiene una razón muy comprensible: el libro que nos ocupa, lejos de ser un trabajo de divulgación, es un texto filosófico bastante denso. En realidad, la tarea que emprende Regan es distinta de la asumida por Singer. No procede, como el australiano, simplemente aplicando a un problema concreto (la discriminación de los animales no humanos) unos patrones teóricos generales tomados de una teoría ya desarrollada (para Singer, el utilitarismo de las preferencias) y exponiendo los resultados sin ahondar en detalles argumentativos. Regan toma un camino muy diferente. Emprende la labor, ciertamente más ambiciosa, de construir una teoría propia que dé cuenta de nuestras obligaciones morales (aunque, evidentemente, tomará distintos elementos e ideas de otras propuestas teóricas ya formuladas con anterioridad). Su idea es que una vez que hayamos asumido la validez general de esta teoría, habremos de comprobar qué es lo que esta nos dice cuando nos preguntamos si la discriminación de los animales no humanos se encuentra justificada. En ese momento, tendremos que concluir cuáles son las repercusiones prácticas que de ello se derivan.
Si bien tal es el esquema general conforme al que cabe entender la propuesta de Regan, su exposición en la obra va a seguir un orden distinto. En los tres primeros capítulos (“Consciencia animal”, “La complejidad de la consciencia animal” y “Bienestar animal”)[1] va a defender Regan que los animales no humanos son seres con la capacidad de poseer experiencias positivas y negativas. Así, rebatirá, entre otras ideas, la afirmación de que no son seres conscientes por no poseer un lenguaje.
En los tres siguientes capítulos (de título “Reflexión y teoría ética”, “Las perspectivas centradas en los deberes indirectos” y “Las perspectivas centradas en los deberes directos”)[2] va Regan a dar cuenta de una serie de requisitos que en su opinión ha de satisfacer una teoría ética. Rechaza Regan en particular dos tipos de posiciones. En primer lugar, considera inaceptables aquellas que mantienen que los deberes que tenemos hacia los animales no humanos son de tipo indirecto. Estos enfoques se basan en dos supuestos: a) la idea de que los animales no humanos no son moralmente considerables, esto es, de que el hecho de que puedan verse dañados o beneficiados por nuestras acciones no debería en sí mismo importarnos en absoluto; y b) la idea de que, no obstante, no debemos tratarlos cruelmente porque con ello estaríamos obrando inadecuadamente hacia otros humanos (bien porque a estos les desagradaría tal actitud, bien porque con ello estaríamos desarrollando un carácter cruel que posibilitaría futuras conductas igualmente crueles hacia los humanos). Regan denunciará correctamente como incoherente e inaceptable tal posición (que se ve reforzada cuando se basa la defensa de los animales no en los intereses de estos, sino en el argumento que quienes son violentos con los animales no humanos pueden luego agredir a otros humanos). Si podemos establecer un paralelismo entre el daño causado a los animales no humanos y el causado a los humanos entonces resulta arbitrario suponer que sólo tenemos deberes directos hacia los humanos. Por lo tanto, no deben denunciarse las agresiones a los animales no humanos porque puedan dañar indirectamente a los humanos, sino por el propio daño que les ocasionan a ellos.
La otra posición a la que se opone Regan es la defendida por el utilitarismo. Este busca la maximización del bien general, un fin para cuya consecución acepta, si ello resultase necesario, el sacrificio de los intereses particulares que un individuo pueda tener. Regan considerará esto inadmisible. Defenderá este autor la existencia de derechos morales que protegen a sus posesores incluso aunque los demás se vean perjudicados por ello. (Por su parte, los utilitaristas acusarán a su vez a teóricos como Regan de permitir que, con el fin de salvaguardar los intereses de un individuo concreto se sacrifiquen los de una gran mayoría.) Se trata, en realidad, de la clásica discusión entre éticas consecuencialistas (que sitúan la corrección moral de una acción en función de las consecuencias que se derivan de ellas) y éticas del deber o deontológicas (que dictan que la corrección o incorrección de la acción está en si esta se adecúa a un deber –por ejemplo, el de respetar un determinado derecho–).
La exposición de la teoría alternativa que propondrá Regan tendrá lugar en los dos siguientes capítulos “Justicia e igualdad” y “La perspectiva de los derechos”. El modo en que procederá Regan para construir su teoría es el siguiente. Partirá de la idea de que tenemos unas ciertas convicciones previas sobre qué es correcto o incorrecto. Y propondrá Regan una serie de postulados que, en su opinión, deberemos aceptar como principios básicos por su superioridad frente a los de otras alternativas posibles para adecuarse a tales convicciones preliminares.
La teoría que formula y defiende Regan será lo que se denomina una teoría de los derechos prima facie. Este tipo de teorías son aquellas que sostienen que un derecho en principio no puede ser nunca vulnerado, a no ser que se dé una situación de conflicto entre el respeto que distintos derechos merecen, en la que respetar los derechos de alguien implica forzosamente vulnerar los de otro sujeto. (En tales casos de conflicto para Regan es preciso decantarse siempre por llegar a la solución que salvaguarde un derecho de más importancia; o, si la relevancia de todos los derechos implicados es la misma, la que salvaguarde el mayor número de derechos).
Afirma Regan que poseen derechos todos aquellos seres dotados de lo que denomina “valor inherente” (inherent value). E indica que lo que posibilita que posean tal valor será el hecho de que son lo que llama “sujetos de una vida” (subjects-of-a-life). Con tal término no se refiere Regan al mero hecho de estar vivo,[3] sino al de tener la posibilidad de poseer experiencias que hacen que la vida nos vaya mejor o peor –es lo que Regan llama la posesión de un “bien experiencial” (experiential welfare)–.[4] Una planta y un animal en estado de coma irreversible son seres vivos, pero no están conscientes; carecen de la capacidad de tener experiencias positivas y negativas, que es lo necesario para tener derechos. En relación a esto cita Regan una serie de requisitos que considera necesarios para ser un “sujeto de una vida”, entre los que incluye el hecho de poseer deseos, percepción, memoria, un sentido del futuro, una identidad psicofísica, una vida emocional ligada a sensaciones placenteras o de sufrimiento... [5]
Una crítica habitual a este respecto, común entre los defensores del especismo, consiste en indicar que sólo quienes puedan poseer deberes podrán disfrutar de derechos. La respuesta a tal objeción es que las capacidades necesarias para la posesión de derechos no coinciden con las que son necesarias para el reconocimiento y respeto de tales derechos. De acuerdo con esto distingue Regan entre agentes morales (los sujetos que pueden asumir responsabilidades) y pacientes morales (quienes no tienen la capacidad de hacerlo pero son, sin embargo, “sujetos de una vida”). Dado que tanto agentes como pacientes comparten las condiciones necesarias para la posesión de “valor inherente”, dirá Regan, estará fuera de lugar afimar que no puedan poseer derechos por igual.
Las consecuencias de todo esto se exponen en el último capítulo del libro, “Implicaciones de la perspectiva de los derechos”.[6] En este se muestra que de la argumentación anterior se infiere que el uso de animales resulta injustificable. Prácticas como su uso para la experimentación o la caza resultan así censuradas, y el vegetarianismo pasa a ser una obligación moral.
Además de las críticas de utilitaristas y otros consecuencialistas, la obra de Regan ha sido el blanco de otras objeciones de distinto corte. Se ha indicado que la idea de “valor inherente” viene a ser un mero recurso concebido por Regan que carece de un fundamento real constatable, lo que por extensión afectaría al resto de su teoría. Asimismo, se ha criticado por muchos de quienes se oponen a la discriminación o uso de los animales que los requisitos que Regan propone para ser “sujeto de una vida” son excesivamente estrictos. Parece que lo único necesario a tales efectos tendría que ser la posesión de experiencias positivas y negativas, independientemente de la posibilidad de tener, por ejemplo, memoria o un sentido del futuro. De hecho, Regan indica que su criterio sería cubierto, por lo menos, por los mamíferos de más de un año. Y Regan no niega que otros animales puedan también ser “sujetos de una vida”, pero parece que, al limitarse a aquellos a quienes se refiere, lo asume implícitamente, a pesar de que los argumentos fisiológicos, evolutivos y de conducta para afirmar la capacidad de sufrir y disfrutar es compartida por todos los vertebrados y un gran número de invertebrados. Esto será muy criticado por todos aquellos que planteen la necesidad de tener en cuenta a todos los animales sobre cuya capacidad de tener experiencias podemos tener algún [... falta texto...] Finalmente, se cuestionará el hecho de que su teoría favorece a los humanos sobre otros animales. El motivo es que Regan considerará que a pesar de que humanos y no humanos poseerán un derecho a la vida el de los humanos resultaría prioritario por el hecho de que la vida de estos, cree Regan, tiene mayor riqueza. La inconsistencia de su posición aquí es muy notable: si se acepta tal idea se ha de aceptar forzosamente, por pura lógica del argumento, que también el derecho a la vida de los humanos varía (de forma que será mayor el valor de la vida de aquellos humanos con más años de vida por delante o mayor capacidad para disfrutar esta). Sin embargo Regan no asume que el derecho a la vida de los humanos varíe por tales motivos. Tales posiciones son contradictorias: si la consideración por la vida puede variar en función de su riqueza ello tendrá que aplicarse tanto para no humanos como para humanos, si no es así no podrá aludirse a ello para discriminar a los animales no humanos. Lo contrario implica evidentemente asumir una posición especista.
Otras obras de Tom Regan relacionadas con el tema:
- All That Dwell Therein. Essays on Animal Rights and Environmental Ethics, University of California Press, Berkeley, 1982.
- The Struggle for Animal Rights, International Society for Animal Rights, Clarks Summit, 1987.
- Defending Animal Rights, University of Illinois Press, Chicago, 2001.
- Empty Cages: Facing the Challenge of Animal Rights, Rowman & Littlefield Publishers, Inc., Lanham, 2004.
Como coautor:
- Con Carl Cohen, The Animal Rights Debate, Rowman & Littlefield, Lanham, 2001
Como editor o coeditor:
- Animal Sacrifices: Religious Perspectives on the Use of Animals in Science, Temple University Press, Philadelphia, 1986.
- (Con Peter Singer) Animal Rights and Human Obligations, Prentice Halls, Englewood Cliffs, New Jersey, 1989.
Fuente: animanaturalis.org - Reseña del libro de Tom Regan (I)
Fuente: animanaturalis.org - Reseña del libro de Tom Regan (II)
NOTAS
RespuestasVeganas.Org: La publicación de este artículo en RespuestasVeganas.Org no implica necesariamente que se compartan todas y cada una de las cuestiones expresadas en el mismo; sin embargo, consideramos interesante su publicación por la aportación que puede hacer a la causa del movimiento abolicionista.
REFERENCIAS
[1] “Animal Awareness”, “The Complexity of Animal Awareness”, “Animal Welfare”.
[2] “Ethical Thinking and Theory”, “Indirect Duty Views”, “Direct Duty Views”.
[3] The Case for Animal Rights, p. 262.
[4] Ibid., p. 244-245.
[5] Ibid., p. 243.
[6] “Implications of the Right View”.