Gary L. Francione es Catedrático de Derecho y Nicolás de B. Katzenbach. Distinguido Académico de Derecho y Filosofía de la Universidad de Derecho de Rutgers, New Jersey. Tratamos a los animales no humanos como solíamos tratar a los esclavos humanos. ¿Existe alguna justificación posible para hacerlo? se pregunta Gary L. Francione.
La publicación de este artículo en RespuestasVeganas.Org no implica necesariamente estar de acuerdo con todas y cada una de las ideas expresadas por su autor; sin embargo, considero interesante su publicación por la aportación que puede hacer al movimiento abolicionista por los Derechos Animales (derecho a la salud y a la vida).
¿Poseen los animales derechos morales? ¿Qué tipo de status legal deberíamos concederles? Este debate se ha vuelto enormemente confuso. Algunos activistas por los derechos de los animales mantienen que debemos permitir que los animales tengan los mismos derechos que disfrutan los humanos. Por supuesto, esto es absurdo. Existen muchos derechos humanos que simplemente no son aplicables a los seres no humanos.
Me gustaría proponer algo un poco diferente. Una teoría sensata y coherente sobre los derechos de los animales debería centrarse en solo un derecho para los animales: el derecho a no ser tratado como propiedad de los seres humanos.
Permítanme explicar por qué esto tiene sentido. Actualmente, los animales son propiedades que poseemos de la misma manera que poseemos automóviles o mobiliario. De forma similar a estas formas de propiedad inanimadas, los animales poseen únicamente el valor que nosotros elegimos darles. Cualquier interés que un animal posee representa un coste económico que nosotros podemos decidir ignorar.
Tenemos leyes que supuestamente regulan el tratamiento que hacemos de nuestra propiedad animal, y que prohíben infligirles un sufrimiento “innecesario”. Estas leyes requieren que coloquemos a un lado de la balanza los intereses de los humanos y al otro los intereses de los animales, con el fin de asegurar que los animales son tratados “humanamente”. Sin embargo, es una falacia suponer que podemos sopesar por un lado los intereses humanos, los cuales están protegidos por el derecho en general y por el derecho de propiedad en particular, y por otro los intereses de los animales que, como propiedad, existen solo como medios para los fines humanos. El animal en cuestión es siempre un “animal de compañía” o un “animal de laboratorio” o un “animal de caza” o un “animal de consumo alimentario” o un “animal de circo” o bien alguna otra forma de propiedad por la que el animal existe sólo para nuestro uso. Prohibimos el sufrimiento animal solo cuando no tiene beneficio económico. La balanza está desequilibrada desde el principio.
Existen aquí paralelismos con la institución de la esclavitud humana. Mientras que toleramos diferentes grados de explotación humana, ya no consideramos legítimo tratar a nadie, independientemente de sus características particulares, como propiedad de otros. En un mundo profundamente dividido en lo que a cuestiones morales se refiere, una de las pocas normas rápidamente aprobadas por la comunidad internacional es la prohibición de la esclavitud humana. Algunas formas de esclavitud son peores que otras. Aún así, prohibimos todas –independientemente de lo “humanas” que sean– porque, en mayor o menor grado, permiten que se ignoren los intereses fundamentales de los esclavos si ello proporciona un beneficio a sus propietarios. Reconocemos que todos los humanos deben tener un derecho básico: el derecho a no ser tratados como propiedades de otros.
¿Hay una razón moralmente sólida para no extender este único derecho –el derecho a no ser tratado como propiedad– a los animales? Expresado de otra forma, ¿por qué consideramos aceptable comer animales, cazarlos, confinarlos y exhibirlos en circos y zoológicos, usarlos en experimentos o rodeos, en definitiva tratarlos de un modo que nunca pensaríamos aceptable para ningún humano independientemente de lo “humano” que sea el procedimiento?
La respuesta de que los animales carecen de algunas características solo poseídas por los humanos, no solo va en contra de la teoría de la evolución, sino que es completamente irrelevante a la hora de plantear la cuestión de si es moralmente aceptable tratar a los no humanos como mercancías -igual que las diferencias entre humanos no servirían para justificar que se trate a algunos humanos como esclavos. Tampoco tiene sentido la respuesta de que es admisible para los humanos explotar a los no humanos porque es “tradicional” o “natural” hacerlo así. Esto meramente expresa una conclusión y no constituye ningún argumento.
La conclusión a la que llegamos es que no podemos justificar nuestro dominio sobre los no humanos, a no ser que se apele a la superstición religiosa centrada en la supuesta superioridad espiritual de los humanos. Nosotros hemos creado la mayor parte de nuestros conflictos con los animales. Somos nosotros los que traemos a este mundo a miles de millones de animales sintientes con el propósito de matarlos por razones que son a menudo frívolas. Después tratamos de comprender la naturaleza de nuestras obligaciones morales para estos animales. Pero trayendo a estos animales a este mundo por razones que nunca consideraríamos apropiadas para los humanos, ya hemos decidido que los animales están completamente fuera del ámbito de nuestra comunidad moral.
Aceptar que los animales tengan este derecho, no supone permitir que las vacas, los pollos, los cerdos y los perros corran libres por las calles. Nosotros hemos traído a estos animales a este mundo y dependen de nosotros para su supervivencia. Deberíamos preocuparnos por los animales que actualmente existen y dejar de criarlos como recursos. De este modo, eliminaríamos cualquier supuesto conflicto que tengamos con ellos. Podemos aún tener conflictos con animales salvajes y tendremos que abordar cuestiones difíciles sobre como aplicar el principio de igual consideración a humanos y animales en esas circunstancias.
Reconocer derechos para los animales realmente significa aceptar que tenemos el deber de no tratar a los seres sintientes no humanos como recursos. La cuestión que interesa es no si la vaca debe ser capaz de demandar al granjero por un trato cruel, sino por qué la vaca está allí en primer lugar.
Fuente: DefensAnimal.org - Un derecho para todos
Original in english: The New Scientist - One right for all
© 2005 por Gary L. Francione. El ensayo fue publicado originalmente en The New Scientist el 8 de octubre de 2005. Traducido por Maria Luisa Arenzana.
La publicación de este artículo en RespuestasVeganas.Org no implica necesariamente estar de acuerdo con todas y cada una de las ideas expresadas por su autor; sin embargo, considero interesante su publicación por la aportación que puede hacer al movimiento abolicionista por los Derechos Animales (derecho a la salud y a la vida).
¿Poseen los animales derechos morales? ¿Qué tipo de status legal deberíamos concederles? Este debate se ha vuelto enormemente confuso. Algunos activistas por los derechos de los animales mantienen que debemos permitir que los animales tengan los mismos derechos que disfrutan los humanos. Por supuesto, esto es absurdo. Existen muchos derechos humanos que simplemente no son aplicables a los seres no humanos.
Me gustaría proponer algo un poco diferente. Una teoría sensata y coherente sobre los derechos de los animales debería centrarse en solo un derecho para los animales: el derecho a no ser tratado como propiedad de los seres humanos.
Permítanme explicar por qué esto tiene sentido. Actualmente, los animales son propiedades que poseemos de la misma manera que poseemos automóviles o mobiliario. De forma similar a estas formas de propiedad inanimadas, los animales poseen únicamente el valor que nosotros elegimos darles. Cualquier interés que un animal posee representa un coste económico que nosotros podemos decidir ignorar.
Tenemos leyes que supuestamente regulan el tratamiento que hacemos de nuestra propiedad animal, y que prohíben infligirles un sufrimiento “innecesario”. Estas leyes requieren que coloquemos a un lado de la balanza los intereses de los humanos y al otro los intereses de los animales, con el fin de asegurar que los animales son tratados “humanamente”. Sin embargo, es una falacia suponer que podemos sopesar por un lado los intereses humanos, los cuales están protegidos por el derecho en general y por el derecho de propiedad en particular, y por otro los intereses de los animales que, como propiedad, existen solo como medios para los fines humanos. El animal en cuestión es siempre un “animal de compañía” o un “animal de laboratorio” o un “animal de caza” o un “animal de consumo alimentario” o un “animal de circo” o bien alguna otra forma de propiedad por la que el animal existe sólo para nuestro uso. Prohibimos el sufrimiento animal solo cuando no tiene beneficio económico. La balanza está desequilibrada desde el principio.
Existen aquí paralelismos con la institución de la esclavitud humana. Mientras que toleramos diferentes grados de explotación humana, ya no consideramos legítimo tratar a nadie, independientemente de sus características particulares, como propiedad de otros. En un mundo profundamente dividido en lo que a cuestiones morales se refiere, una de las pocas normas rápidamente aprobadas por la comunidad internacional es la prohibición de la esclavitud humana. Algunas formas de esclavitud son peores que otras. Aún así, prohibimos todas –independientemente de lo “humanas” que sean– porque, en mayor o menor grado, permiten que se ignoren los intereses fundamentales de los esclavos si ello proporciona un beneficio a sus propietarios. Reconocemos que todos los humanos deben tener un derecho básico: el derecho a no ser tratados como propiedades de otros.
¿Hay una razón moralmente sólida para no extender este único derecho –el derecho a no ser tratado como propiedad– a los animales? Expresado de otra forma, ¿por qué consideramos aceptable comer animales, cazarlos, confinarlos y exhibirlos en circos y zoológicos, usarlos en experimentos o rodeos, en definitiva tratarlos de un modo que nunca pensaríamos aceptable para ningún humano independientemente de lo “humano” que sea el procedimiento?
La respuesta de que los animales carecen de algunas características solo poseídas por los humanos, no solo va en contra de la teoría de la evolución, sino que es completamente irrelevante a la hora de plantear la cuestión de si es moralmente aceptable tratar a los no humanos como mercancías -igual que las diferencias entre humanos no servirían para justificar que se trate a algunos humanos como esclavos. Tampoco tiene sentido la respuesta de que es admisible para los humanos explotar a los no humanos porque es “tradicional” o “natural” hacerlo así. Esto meramente expresa una conclusión y no constituye ningún argumento.
La conclusión a la que llegamos es que no podemos justificar nuestro dominio sobre los no humanos, a no ser que se apele a la superstición religiosa centrada en la supuesta superioridad espiritual de los humanos. Nosotros hemos creado la mayor parte de nuestros conflictos con los animales. Somos nosotros los que traemos a este mundo a miles de millones de animales sintientes con el propósito de matarlos por razones que son a menudo frívolas. Después tratamos de comprender la naturaleza de nuestras obligaciones morales para estos animales. Pero trayendo a estos animales a este mundo por razones que nunca consideraríamos apropiadas para los humanos, ya hemos decidido que los animales están completamente fuera del ámbito de nuestra comunidad moral.
Aceptar que los animales tengan este derecho, no supone permitir que las vacas, los pollos, los cerdos y los perros corran libres por las calles. Nosotros hemos traído a estos animales a este mundo y dependen de nosotros para su supervivencia. Deberíamos preocuparnos por los animales que actualmente existen y dejar de criarlos como recursos. De este modo, eliminaríamos cualquier supuesto conflicto que tengamos con ellos. Podemos aún tener conflictos con animales salvajes y tendremos que abordar cuestiones difíciles sobre como aplicar el principio de igual consideración a humanos y animales en esas circunstancias.
Reconocer derechos para los animales realmente significa aceptar que tenemos el deber de no tratar a los seres sintientes no humanos como recursos. La cuestión que interesa es no si la vaca debe ser capaz de demandar al granjero por un trato cruel, sino por qué la vaca está allí en primer lugar.
Fuente: DefensAnimal.org - Un derecho para todos
Original in english: The New Scientist - One right for all
© 2005 por Gary L. Francione. El ensayo fue publicado originalmente en The New Scientist el 8 de octubre de 2005. Traducido por Maria Luisa Arenzana.